REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintidós (22) de Febrero de Dos Mil Once (2011).

200° y 151°

Visto el recibo de notificación del oficio Nº 514-O-2010 de fecha 28 de octubre de 2010, dirigido a la Fiscalía General de la República, mediante el cual se notifica que por auto de esa misma fecha se admitió el presente recurso; este tribunal observa: que en la nota del alguacil de fecha 17 de noviembre de 2010 que corre inserto al folio sesenta y tres (63), se incurrió en un error involuntario por parte de la ciudadana Secretaria, así como del ciudadano Alguacil de este Juzgado, al dejar constancia que se consigna en el expediente copia del oficio de notificación Nº 0515 dirigido al Director de Justicia Municipal de la Gerencia de Atención a la Comunidad de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda; siendo lo correcto establecer que la copia del oficio que efectivamente se consigna en el expediente es el oficio N º 514 el cual fue librado a la Fiscalía General de la República, y notificado en fecha 19 de noviembre del 2010, tal como se evidencia del sello húmedo que se encuentra en dicho oficio. Ahora bien, en virtud de que fueron realizadas todas las notificaciones sobre la admisión, este juzgado fija para el quinto (5to) día de despacho siguiente a las diez antes meridiem (10:00a.m.), oportunidad para tenga lugar la Audiencia de Juicio en el presente Recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
EL JUEZ


Abg. JOSÈ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA


Abg. EGLYS FERNÁNDEZ


Exp. Nº 1479/JVTR/EFT/kc.