REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE (2011)
200º y 152º
ASUNTO Nº: AP21-R-2010-001873.
PARTE ACTORA: LODUAL ANDRÉS ARROYO MORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.802.102.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No consta en Autos.
PARTE DEMANDADA: TOP TRAINING, C.A., Sociedad Mercantil debidamente inscrita por el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de junio de 2000, bajo el Nro. 81, Tomo 431-Qto.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: VERONICA MERINO y YUSULIMAN VINDIGNI, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 148.067 y 87.266, respectivamente.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 01/12/2010, dictada por el Juzgado Duodécimo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011), este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:
Como quiera que en fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011), tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, se evidencia la incomparecencia de la parte demandada apelante ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, así como la incomparecencia de la parte actora no apelante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que verificados como han sido los extremos de ley en cuanto a la estadía a derecho de las partes, conlleva a éste Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de diciembre de 2010, por la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 01 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado Duodécimo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 01/12/2010, dictada por el Juzgado Duodécimo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida. Se condena en costas a la parte demandada por el recurso de apelación.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año dos mil once (2011). Años: 200º y 152º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
EL JUEZ
MARCIAL MUNDARAY SILVA
LA SECRETARIA
LUISA ROSALES
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA
LUISA ROSALES
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