REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


PARTE DEMANDANTE: ROMELIA GIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.527.030, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: YESIBELT CUEVAS DE CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.357.881, de este domicilio.
MOTIVO: DESALOJO.
EXPEDIENTE No. 10.844-10

En fecha 01 de Febrero de 2011, compareció la ciudadana ROMELIA GIMÉNEZ, en su carácter de parte demandante en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ELDA SANABRIA DE CARRILLO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 1762, y desistió del presente proceso, solicitando la homologación del mismo. El Tribunal al respecto observa que el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, establece:
El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria.