REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintidós de febrero de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2010-018862
PARTE ACTORA: YADMELIS JOSEFINA HILARRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.464.141.
ABOGADO ASISTENTE: CARMEN ZORAYA GARCIA GONZÁLEZ, abogada en ejercicio IPSA 20.090.
PARTE DEMANDADA: DOUNEL ALEXANDER BASTIDAS SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.705.997.
MOTIVO: DESISTIMIENTO.
I
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto contentivo de la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana YADMELIS JOSEFINA HILARRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.464.141 en contra del ciudadano DOUNEL ALEXANDER BASTIDAS SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.705.997; este Tribunal, observa del acta de fecha 22-02-11, que la parte demandante no compareció a la audiencia preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, así como no compareció la parte demandada.
II
En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los fines de dar cumplimiento a lo decidido en la referida acta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESITIDO el presente asunto contentivo de la acción que por FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, fue interpuesta por la ciudadana YADMELIS JOSEFINA HILARRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.464.141 en contra del ciudadano DOUNEL ALEXANDER BASTIDAS SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.705.997. Como consecuencia de ello, se DECLARA EXTINGUIDA la Instancia. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte actora, que no podrá presentar nuevamente su demanda, antes que transcurra un mes y /o podrá interponer los recursos de Ley, que a bien tenga en el presente caso. ASI SE ESTABLECE.
PÚBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Ejecución, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los veintidós días del mes de febrero de 2011. Años 200° y 151°-
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO,
Abg. IVAN CEDEÑO.
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión previo el anuncio de ley, siendo la hora que indique el Sistema Juris.
EL SECRETARIO,
Abg. IVAN CEDEÑO.
AVR/IC/Ajc.
|