REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO (10°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Caracas, 17 de Febrero de 2011
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2011-000049
Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud y en especial el Convenimiento de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal así como sus recaudos, presentada por los ciudadanos LIZZI DEL VALLE DÍAZ VILAHERMOSA y ANTONIO CASIMIRO VILLEGAS CARLES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.978.543 y V-4.834.481, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada LIZZI DEL VALLE DÍAZ VILAHERMOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.559, este Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Convenimiento de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal en cada una de sus partes, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se Insta a las partes a consignar las copias requeridas a fin de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, y remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
La Jueza,
Abg. Greyma Ontiveros.
La Secretaria,
Abg. Victoria Guedez.
AP51-J-2011-000049
GO/VG/Riseida.*
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