REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, veintiocho (28) de febrero de 2011
200° y 152°

ASUNTO: DP11-R-2011-000028
ACTA

PARTE ACTORA: ciudadano ALEJANDRO GUZMAN, titular de la cédula de identidad N° V-4.056.823.

PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE CLAMILANDRE, C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGADA MARIANELA PANTOJA NAVAS, I.P.S.A.N°67.426.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADA MARIAEUGENIA COLMENARES RODRIGUEZ, I.P.S.A.N° 125.986.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-

En el día de hoy lunes, veintiocho (28) de febrero de 2011, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por la ABOGADA MARIANELA PANTOJA NAVAS, I.P.S.A.N°67.426, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra sentencia dictada en fecha veintisiete (27) de enero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada E. Milene Briceño y el Alguacil Héctor Perdomo, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada abogado NORMAN JOSE ROA, I.P.S.A.N° 31.360. En virtud de la Incomparecencia de la parte actora y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 9:30 a.m.; Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, una vez vencido el lapso de Ley, a los fines del cierre y archivo del presente expediente. SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.


EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA






LA SECRETARIA,
ABG. E. MILENE BRICEÑO.


JFMN/EMB.