REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DE NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, viernes quince (15) de Julio de dos mil once (2011).
201º y 152º

Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000061
PARTE ACTORA: ALEXANDER JOSE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 11.924.218.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abg. GERARDO PONTE RAMOS y la Abg. OLIMPIA PULIDO, inscriptos en el INPREABOGADO Nros. 122.358 y 99.707 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: PIO RUFINO GALINDEZ y UNION DE CONDUCTORES SAN ANTONIO, S.C.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. LILIANA CABRAL PINTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.565.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, viernes quince (15) de julio de 2011, siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar la prolongación de LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto. Se deja expresa constancia en este acto de la no comparecencia de la parte actora y de la parte demandada ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente Decision. Años 201° y 152°.Es todo.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA,

ABG. YURAIMA LUSINCHE
LA SECRETARIA,

ABG. RHINNIA MARIÑO
YL/