REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 12 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-005495
ASUNTO : NP01-P-2010-005495


Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido a los acusados: YONNY ROMER CONTRERAS MARQUEZ Y MIGUEL ANGEL MARQUEZ MARQUEZ, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

IDENTIFICACIÓN DE LOS ACUSADOS

YONNI ROMER CONTRERAS MARQUEZ, Venezolano, Natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cedula de identidad Nº 11.777.931, nacido en fecha 03/04/1970, de 40 años de edad, con grado de instrucción Cuarto Año, y de oficio: Contratista, Estado Civil: Soltero; hijo de: LUISA MARQUEZ (V) y de JOSE CONTRERAS (F); domiciliado en las Florecitas, final de la calle 05, Casa Nº 50, Maturín Estado Monagas, Teléfono: 0412-6981790.
MIGUEL ANGEL MARQUEZ, Venezolano, Natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cedula de identidad Nº 11.781.951, nacido en fecha 03/05/1972, de 38 años de edad, con grado de instrucción Cuarto Año, y de oficio: Albañil, Estado Civil: Soltero; hijo de: CARMEN FELICIA MARQUEZ (V) y de ROBERTO ANTONIO MARQUEZ (V); domiciliado en las Cocuizas, Calle el tubo, Carrera 1-B, Casa N° 02, Maturín Estado Monagas, Teléfono: 0416-8985303.

DE LOS HECHOS Y MOTIVOS

“Se le atribuye a los imputados YONNI ROMER CONTRERAS MARQUEZ, Y MIGUEL ANGEL MARQUEZ, el hecho ocurrido en fecha seis de Julio de dos mil diez (06/07/10), siendo aproximadamente las nueve y treinta de la mañana (09:30 am), cuando los ciudadanos YTANAR JOSE FERMIN CORVO E YTANAR JOSE FERMIN GONZALEZ, se encontraban como supervisores en la obra en construcción den viviendas Ciudad Colonial, ubicada en la vía Principal del Sector Parare de esta Ciudad, el imputado Ton Contreras, quien es contratista de dicha obra intentó sacar un material sin autorización de aquellos, por lo que discutieron por dicha razón yéndose a los golpes, entrometiéndose el imputado Miguel Marques, quien agredió con ambas manos al ciudadano Ytamar Fermín Corvo, cayéndose este al suelo y continuó dándole golpes por todos lados del cuerpo, asimismo el imputado Yonni Contreras le asestó un tubo en la cara, produciéndole una herida abierta en el pómulo derecho; no obstante cuando intervienen su hijo YTAMAR FERMIN GONZALEZ, para defender a su padre le produjeron una herida, mientras que Miguel Márquez le propinó varios golpes por el intercostal, los brazos y manos, amenazándolos de muerte; siendo que al lugar se apersonaron posteriormente funcionarios adscritos a la Policía del Estado Monagas quienes practicaron la detención de los imputados antes identificados; quedando a la orden de ese despacho fiscal bajo los términos den un procedimiento en flagrancia”.

ADMISIÓN DEL ESCRITO ACUSATORIO Y CALIFICACIÓN JURÍDICA

Se admitió totalmente la acusación en contra de los acusados: YONNY ROMER CONTRERAS MARQUEZ Y MIGUEL ANGEL MARQUEZ MARQUEZ, presentada por el Fiscal Segunda del Ministerio Publico representada por la ABG. ANA CONDE, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 415, 416 y 218 numeral 1°, todos del Código Penal Venezolano, cometidos en perjuicio de los ciudadanos YTANAR JOSE FERMIN E YTANAR JOSE FERMIN GONZALEZ.

PRUEBAS ADMITIDAS

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley; asimismo se admiten las calificaciones jurídicas dadas a los hechos. Y la adhesión del defensor privado a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.


ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia totalmente la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra de los acusados: YONNY ROMER CONTRERAS MARQUEZ Y MIGUEL ANGEL MARQUEZ MARQUEZ, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 415, 416 y 218 numeral 1°, todos del Código Penal Venezolano, cometidos en perjuicio de los ciudadanos YTANAR JOSE FERMIN E YTANAR JOSE FERMIN GONZALEZ.

EMPLAZAMIENTO A LAS PARTES

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.


INSTRUCCIÓN AL SECRETARIO

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
La Juez


ABG. DELMYS GAMERO DE CHAYAN



La Secretaria,


ABG. SULAY MARCANO