REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS
SALA 2 ACCIDENTAL

Caracas, 06 de julio de 2011
200º Y 151º

CAUSA: 2011-3221-11
JUEZ PONENTE: ELSA JANETH GOMEZ MORENO

Corresponde este colegiado decidir sobre la admisibilidad o no de las pruebas promovidas en la presente incidencia de acuerdo al artículo 95 del código orgánico procesal penal, en relación con el artículo 47 de la ley orgánica del poder judicial, en relación a la inhibición planteada por la abogada BLANCA PACHECO, Juez de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 24 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en acatamiento a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, de conocer de la causa signada bajo el N° 24J-551-10 (Nomenclatura de ese Juzgado), seguida a los ciudadanos ZAPATA ÑAÑEZ EUGENIO, DI PALMA KAUFMAN NELSON DANIEL, BELDA FRANCISCO, MUDARRA BELLO ORLANDO Y VEGAS VILLEGAS FRANKLIN, por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal vigente, en agravio del ciudadano acusador HÉCTOR ARANGUREN CARRERO, por considerarse incursa en la causal 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.

Observa esta Alzada que la abogada BLANCA PACHECO, Juez de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 24 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, no promovió prueba en su inhibición, solo se anexa copias certificadas cursantes a los folios 06 al 42, del presente cuaderno especial, las cuales se admiten como pruebas por considerarlas útiles y pertinentes para el pronunciamiento de fondo. Y así se decide.-

DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: Se admiten las copias certificas cursantes a los folios 06 al 42, del presente cuaderno especial como medios de pruebas, a los fines de resolver esta alzada la inhibición planteada por la abogada BLANCA PACHECO, Juez de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 24 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas,

Publíquese, Regístrese y déjese copia.


LA JUEZ PRESIDENTA (A), (PONENTE)


ELSA JANETT GOMEZ MORENO


LOS JUECES INTEGRANTES DE LA SALA


YUCO HORIUCHI YAMASHITA ARLENE HERNANDEZ RODRIGUEZ

EL SECRETARIO,

Abg. RAFAEL HERNANDEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,


Abg. RAFAEL HERNANDEZ


Exp. No. 3221-11.-
VZT/EJGM/AHR/GZ/fl.-