REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 4

Caracas, 07 de julio de 2011
201° y 152°

EXPEDIENTE Nº 2727-11
PONENTE: CESAR SÁNCHEZ PIMENTEL

Corresponde a esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, pronunciarse sobre la admisibilidad o no del recurso de apelación interpuesto por el abogado ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PÉREZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Ejecución de Sentencia, contra la decisión dictada el 6 de junio del 2011, por el Juzgado Séptimo (6°) de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó a favor del ciudadano YENKY JOSÉ SUAREZ GAMBOA, el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.

Recibida la apelación el 30 de junio de 2011, se dio cuenta en Sala, se le asignó el N° 2727-11, designándose ponente al Juez CESAR SÁNCHEZ PIMENTEL, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

Siendo la oportunidad para resolver sobre la admisibilidad del recurso, esta Sala observa y decide lo siguiente:

DE LA LEGITIMIDAD DEL RECURRENTE

Se constata que el abogado ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PÉREZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Ejecución de Sentencia, se encuentra legítimamente facultado tal y como se desprende de los artículos 108 numeral 14 del Código Orgánico Procesal Penal, 16, 31, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en razón de ello se determinó que tiene cualidad para ejercer el presente recurso de apelación, conforme a lo previsto en el artículo 433 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.

DE LA IMPUGNABILIDAD

El abogado ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PÉREZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Ejecución de Sentencia, ejerce recurso de apelación en contra la decisión dictada el 6 de junio del 2011, por el Juzgado Séptimo (6°) de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó a favor del ciudadano YENKY JOSÉ SUAREZ GAMBOA, el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se hace constar.

DE LA TEMPESTIVIDAD DEL RECURSO

Del folio ciento ochenta y uno (181) al ciento ochenta y dos (182) del cuaderno especial, cursa cómputo del 22 de junio del 2011, expedido por la abogada KAREN CAROLINA GÓMEZ, Secretaria del Juzgado Séptimo (6°) de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de donde se infiere que desde el 9 de junio de 2011 (exclusive) oportunidad en la cual se dio por notificada la representación Fiscal de la decisión recurrida, hasta el 13 de junio del 2011 (inclusive) fecha en la cual la Vindicta Pública presentó recurso de apelación, transcurrió un lapso de dos (2) días hábiles, a saber 10 y 13 de junio del 2011, de donde se evidencia que el recurso de apelación fue presentado dentro del lapso establecido en el primer aparte del artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se hace constar

DE LA CONTESTACIÓN DEL RECURSO

Cursa del folio ciento ochenta y uno (181) al ciento ochenta y dos (182) del presente cuaderno de incidencia, certificación del 22 de junio de 2011, emanada del Juzgado Sexto (6°) en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, donde se dejó constancia de los días hábiles transcurridos en ese Despacho, desde el 16 de junio del 2011 (exclusive), fecha en la cual la defensa privada se dio por emplazado del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, hasta el 21 de junio de 2011 (inclusive), fecha en la cual debió presentar escrito de contestación, transcurrió un lapso de tres (3) días hábiles, sin que se evidencie escrito de contestación alguno. Y así se hace constar.

DISPOSITIVA

En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ENRIQUE ALBERTO ARRIETA PÉREZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero (13°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Ejecución de Sentencia, contra la decisión dictada el 6 de junio del 2011, por el Juzgado Séptimo (6°) de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó a favor del ciudadano YENKY JOSÉ SUAREZ GAMBOA, el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el siete (7) de julio de 2011, a los 201° años de la Independencia y 152° de la Federación.


LA JUEZ PRESIDENTE,

MARIA ANTONIETA CROCE ROMERO

LA JUEZ, LA JUEZ,

JACQUELINE TARAZONA VELÁSQUEZ CESAR SÁNCHEZ PIMENTEL
(PONENTE)

EL SECRETARIO

MANUEL MARRERO CAMERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el fallo que antecede.
EL SECRETARIO

MANUEL MARRERO CAMERO
Exp: Nº 2727-11
MACR/JTV/CSP/MMC/yfe.