REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Julio de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AH12-S-2008-000210

SOLICITANTE: HAYDEE DEL CARMEN PÉREZ BELLO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.285.626, debidamente asistida por la abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia, Dra. Morella García, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.236.-
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO (ORDINARIA).
I
En fecha 29 de Noviembre de 2007, fue presentada por ante el Juzgado Distribuidor de Turno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, por la ciudadana Haydee del Carmen Pérez Bello, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.285.626. En aquella se pretendía en principio la rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el Nº 1224, folio N° 113 del libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1950, de fecha 14 de Junio de 1950, llevado por ante la Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de la Parroquia Sucre. Seguidamente, en fecha 15 de Junio de 2007, fueron presentados los recaudos en los cuales se basa la solicitud en comento, anexándose al efecto:
A).- Acta de Nacimiento de la ciudadana Haydee del Carmen Pérez Bello, signada con el Nº 1224, folio N° 113 del libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1950, de fecha 14 de Junio de 1950, llevado por ante la Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de la Parroquia Sucre;
B).-Datos filiatorios de la ciudadana Haydee Pérez, de fecha 14 de Agosto de 2007, emanada de la ONIDEX;
C).- Copia Certificada de Acta de Nacimiento de la ciudadana Haydee Pérez, identificada con el Nº 1224 de fecha 14 de Junio de 1.950, expedida en fecha 22 de Octubre de 2007, por el Registro Principal del Distrito Capital,
D).- Cartificado de Bautizmo, expedido por la Diócesis de Los Teques, Parroquia San Juan Bautista, Carrizal, Estado MIranda; y
E).- Copia Fotostática de la Cédula de Identidad de la ciudadana Haydee Del Carmen Pérez.
En fecha 09 de Abril de 2008 se admitió la Solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento planteada. Se libró en la misma fecha Boleta de Notificación al Ministerio Público y Edicto dirigido a todas aquellas personas que puedan ver afectado sus Derechos en torno a la solicitud que nos ocupa.
Luego de ello en fecha 28 de Mayo de 2008, compareció el ciudadano José Ruíz, Alguacil Titular de este Despacho y diligenció sñalando que se trasladó a la Avenida Urdaneta, esquina de Platanal, Edificio sede de la Fiscalía y notificó al Fiscal Nonagésimo Cuarto del Ministerio Público, consignando copia de la boleta respectiva debidamente firmada. Posteriormente, en fecha 28 de Mayo de 2008, compareció el ciudadano Haydee del Carmen Pérez Bello, debidamente asistida de abogado y consignó Edicto publicado en la prensa, específicamente en el diario El Universal, en fecha 24 de Mayo de 2008.
Es el caso que en fecha 20 de Junio de 2008, dado que no constaba en autos pronunciamiento del Ministerio Público respecto al presente asunto, se dictó auto ordenando notificar nuevamente al Fiscal Nonagésimo Cuarto del Ministerio Público. Asimismo, se libró la boleta de notificación respectiva. Seguidamente, en fecha 08 de Agosto de 2008, compareció el ciudadano José Ruíz, diligenciando que se materializó la notificación del Ministerio Público, consignando copia fotostática debidamente firmada y sellada.
Seguidamente, compareció la ciudadana Blanca Aurora Marcano Morales, aduciendo el carácter de Fiscal Nonagésima Cuarta (94º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien diligenció y manifestó opinión en cuanto al caso que nos ocupa, no teniendo nada que objetar a la presente solicitud al haberse cumplido con los requisitos legales correspondientes.
II
Ahora bien, a los fines de decidir la solicitud de rectificación del Acta de Defunción, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERA CONSIDERACIÓN: El solicitante plantea, en términos generales, lo siguiente:
Que el Acta de Nacimiento del solicitante- inserta bajo el Nº 1224, folio 113 de los libros de Registro Civil de Nacimientos del año 1950 llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, adolece de determinados errores, a saber:
a) Se asentó erróneamente el nombre de la solicitante, como: Aidee del Carmen Pérez Bello, siendo el correcto: Haydee del Carmen;

La solicitante a los fines de sustentar lo alegado, acompaña entre otros los siguientes documentos:
A).- Acta de Nacimiento de la ciudadana Haydee del Carmen Pérez Bello, signada con el Nº 1224, folio N° 113 del libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1950, de fecha 14 de Junio de 1950, llevado por ante la Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de la Parroquia Sucre;
B).-Datos filiatorios de la ciudadana Haydee Pérez, de fecha 14 de Agosto de 2007, emanada de la ONIDEX;
C).- Copia Certificada de Acta de Nacimiento de la ciudadana Haydee Pérez, identificada con el Nº 1224 de fecha 14 de Junio de 1.950, expedida en fecha 22 de Octubre de 2007, por el Registro Principal del Distrito Capital,
D).- Cartificado de Bautizmo, expedido por la Diócesis de Los Teques, Parroquia San Juan Bautista, Carrizal, Estado MIranda; y
E).- Copia Fotostática de la Cédula de Identidad de la ciudadana Haydee Del Carmen Pérez.-
III
Vistos los recaudos en comento, y no habiendo Oposición alguna por parte de las personas contra quien obrare la solicitud presentada, en caso de existir éstas y/o de los terceros interesados, además de no haber objeción por parte de la representación del Ministerio Público en torno a la presente solicitud, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Ara Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, además de verificarse de los diferentes documentos acompañados, la efectiva ocurrencia del error cometido al momento de la transcripción del Acta objeto de rectificación. Razón por la cual, ordena la rectificación de la Acta de Nacimiento inserta bajo el Nº 1224, folio 113 del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1950, llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la transcripción errónea del nombre de la solicitante, como: Aidee del Carmen Pérez Bello, siendo lo correcto: Haydee del Carmen; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Remítanse adjunto a Oficios copias certificadas de la solicitud en cuestión, así como de la presente Sentencia a las autoridades civiles correspondientes para que conforme a lo previsto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, estampen las notas respectivas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, en fecha: Siete (07) de Julio de Dos Mil Once (2011). 201º y 152º.
El Juez,
Abg. Luís R. Herrera González
La Secretaria,
Abg. María Hernández R.
En esta misma fecha, siendo las ______, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. María Hernández R.

Asunto: AH12-S-2008-000210