REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AP11-V-2009-000030

Visto el escrito de prueba presentado en fecha 27 de Junio del 2011, por la ciudadana: FRANCIS GOITE CELIS, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 33.246, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana: ANDREINA ROSALIA NARVAEZ FERRER, el Tribunal observa:
Con en relación al Capitulo I del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte Actora, donde promueve el mérito favorable de autos, es jurisprudencia reiterada que el mérito favorable de los autos, no es admisible como prueba, toda vez que los elementos de convicción que el Juez evaluará a la hora de dictar su fallo, están en autos y es su deber apreciarlos en el valor que éstos tengan.-
Con relación al Capitulo IV del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte Actora, donde promueve a la prueba de Exhibición, el Tribunal NIEGA la admisión de la misma por ser impertinente.-
Con relación a las demás pruebas promovidas por la parte demandada, se ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva.-
En relación a las testimoniales promovidas por dicha representación judicial, el Tribunal las ADMITE, en consecuencia, se fijan las Once de la Mañana (11:00 a.m.) y Doce Meridiam (12:00 m.), del Tercer (3er.) día de Despacho siguiente al de hoy, a fin de que tenga lugar las testimoniales de los ciudadanos: JESUS DEL CARMEN ROJAS, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: E- 1.063.059, y ROMULO BANDRES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 2.133.211.-
La Juez Titula,

Abg. Aura M. Contreras de Moy
La Secretaria Titular,

Abg. Leoxelys E. Venturini M.

Hora de Emisión: 3:26 PM
Asistente que realizo la actuación: CS02.-