REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
PARETE DEMANDANTE: MAURICIO SECCHI AGOSTINELLI
PARTE DEMANDADA: JOSE MANUEL MATHIAS RUZ BREWER.
MOTIVO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
EXPEDFIENTE: 14.269
Maracay, 21 de Julio del 2011
201° y 152°
Vistas y estudiadas las actuaciones que conforman el presente expediente, específicamente el auto de admisión de fecha 04-03-2011 este Tribunal, por cuanto observa que por error involuntario se ordenó designar defensor Ad-Litem a los herederos desconocidos subvirtiéndose reglas procedimentarias que afectan el orden público y siendo deber de los Jueces procurar la estabilidad de los juicios evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal es por lo que REVOCA PARCIALMENTE por contrario imperio el mencionado auto, solamente en lo que respecta a la advertencia realizada a los herederos desconocidos de que si no comparecieren dentro del lapso señalado a su vencimiento, se les designaría defensor de oficio con quien se entendería eventualmente su citación. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.-
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. MARIA ALEJANDRA PABÓN
RCP/nury
EXP. N° 14.269