REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
PARTE DEMANDANTE: LUIS ENRIQUE COLL MAZZEI
PARTE DEMANDADA: MARISELA CLARA ARISTEGUIETA
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
EXPEDIENTE N°: 14.032
Maracay, 22 de Julio de 2.011
201º y 152º
Vista la diligencia que antecede estampada por la abogada ANNERYS MOTA BOSCÁN, inscrita en el Inpreabogado N° 51.446 actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE COLL MAZZEI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V-4.017.641 y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal da por consumado el desistimiento del procedimiento, y le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente, y su respectiva remisión al archivo judicial.
EL JUEZ TITULAR,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MARÍA ALEJANDRA PABÓN
RCP/AH/CP.-
EXP Nº 14.032
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