REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 28 de Julio de 2011.-
201 ° y 151 °

DEMANDANTE: EVELYN HAYDEE SANTOS DE OCHOA
DEMANDADO DOUGLAS JESÚS OCHOA VIGGIANI
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE Nº 11.627
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto de la revisión del mismo se constató que desde que la defensora judicial designada aceptó el cargo en fecha 13 de mayo de 2008 (folio 29) la parte demandante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la ley para gestionar y practicar la citación de la defensora designada ciudadana SHEIDMAR CAMACARO , hasta la presente fecha ha transcurrido más de Treinta (30) días, es por lo que se declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 Ordinal 1º en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.- Y Así se Decide. En consecuencia se dá por terminado el presente juicio, la desincorporación del expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial.-
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA


LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MARIA ALEJANDRA PABÓN
RCP/nury
EXP. N° 11.627