REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 27 de Julio de Dos Mil Once
201º y 152º
ACTA
ASUNTO: DP11-L-2009-000219
PARTE ACTORA: RAMON PEREZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.743.713. (NO COMPARECIÓ)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ.-
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE ITALUR C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada BETTY COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.028.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
En el día de hoy, 27 de Julio de 2011, siendo las 11:00 a.m. día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por CALIFICACION DE DESPIDO intentara el Ciudadano RAMON PEREZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.743.713 contra TRANSPORTE ITALUR C.A. Se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. MERCEDES CORONADO ROJAS, con la asistencia del Secretario ABG. JOCELYN C. ARTEAGA Z. y el Alguacil FRANCISCO RIVAS, razón por la cual se abre la sesión. La Secretaria deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes POR LA PARTE DEMANDANTE: no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. POR LA PARTE DEMANDADA: su apoderada Judicial abogada BETTY COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.028. La ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo pasa a pronunciar el fallo oral, vista la incomparecencia de la parte demandante, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: DESISTIDA LA ACCIÓN en el presente juicio por CALIFICACION DE DESPIDO intentada por el Ciudadano RAMON PEREZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.743.713 contra TRANSPORTE ITALUR C.A. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANTONIO RIVERO. Dándose por cerrado el presente acto hoy 27 de Julio de 2011, siendo las 11:20 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES CORONADO ROJAS
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. JOCELYN C. ARTEAGA Z.
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