REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, Veintiocho (28) de Julio del 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2011-012001
Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud y en especial la adhesión del ciudadano JOSÉ NICOLÁS ROJAS OSORIO venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 8.874.222 a la Liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal formulada por la Abogado Luisa Cristina Santaella Ruan, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.715, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIANA LUTELIA ROMERO ARIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 5.313.565, lo cual comporta un convenimiento de mutuo y amistoso acuerdo este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL en cada una de sus partes, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Expídase por Secretaría Copias certificadas de dicha acta de Convenimiento, así como de la presente homologación, y fórmese un solo cuerpo, y remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero
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