En el día de hoy, catorce (14) de julio de 2011 siendo las 02:00 p.m., comparecen voluntariamente por la parte actora la apoderada judicial de la parte actora ciudadana YOLAIMY PINEDA, venezolana, mayor de edad, debidamente inscrita ante el IPSA bajo el número 101.515 y por la parte demandada se deja constancia de la comparecencia de los abogados LEUDYS LATUFF, GABRIELA CARPIO, y MARGARITO ANTONIO MAY BELISARIO inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 85.678, 54.445 y 142.875 y de este domicilio, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, tal como consta en copias simples de Poderes Judiciales que se agregan a la presente acta. En este estado le manifiestan a la ciudadana jueza su deseo de llegar a un arreglo, por lo que solicitan la celebración de la audiencia y se dan por notificada del presente procedimiento en este expediente; en consecuencia la realización de una Audiencia especial para celebrar transacción en al presente causa.
En este estado, este tribunal, visto que las partes van a llegar a un arreglo, una vez verificada la comparecencia de las partes se da inicio a la Audiencia especial. En este estado la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15. 000,00), de la siguiente manera: PRIMERO: Un ÚNICO (1) pago por la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES (Bs. 14.000,00) para el demandante RAUL ALFONSO REYES TREJO, para ser cancelada en fecha 10 de Agosto de 2011 a las 10:00 a.m por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial laboral SEGUNDO: El resto correspondiente a UN MIL BOLIVARES para cubrir el cincuenta por ciento de los honorarios profesionales, así mismo la demandada se compromete a cancelar el cincuenta por ciento (50%) restante por concepto de honorarios profesionales devengados a favor de las apoderadas judiciales de la parte actora, para ser cancelado el 10 de agosto de 2011 a las 10:00 a.m. por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial laboral: El pago acordado abarca los conceptos demandados, tales como: antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, útiles escolares, bono de asistencia perfecta, salarios dejados de percibir, intereses sobre prestaciones sociales y indemnización por despido. Seguidamente el ex - trabajador asistente en este acto, identificados ut supra (parte demandante ), asistido y representado por la abogada identificada ut supra, manifiestan estar de acuerdo con el pago ofrecido y en la forma de pago y fecha fijada, y en razón de ello, ambas partes ratifican nuevamente, que los motivos que han tenido para celebrar el presente acuerdo, son los siguientes: a) Dar por terminado el presente juicio b)Evitar cualquier otro eventual juicio que se pudiera derivar por cualquier diferencia entre las partes en cuanto a la naturaleza de las actividades que desarrollaron el actor como consecuencia de los conceptos y montos demandados y transados, así como cualquier diferencia en el monto de los mismos y de otro concepto de naturaleza pecuniaria laboral, c)Celebrar un acuerdo que otorgue seguridad jurídica a las partes en cuanto a las cantidades pagadas y los conceptos involucrados en el presente arreglo amistoso, los cuales se ven totalmente satisfechos en el acuerdo aquí celebrado. Asimismo, las partes solicitan en este acto la devolución del causal probatorio consignado en la oportunidad de la celebración de la Audiencia Preliminar inicial.