REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Trece (13) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º


ASUNTO: DP11-L-2010-000190
ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadanos GLENNYS MAYERLING AROCHA RIVERO, titulares de la Cédula identidad Nº: V- 12.143.073.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogada LAURA GRANADOS CAMACARO, Inpreabogado bajo el No. 25.302.

PARTE DEMANDADA: Empresa Mercantil TECCO, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado GERARDO PONTE, Inpreabogado No. 122.358.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, 13 de julio de 2011, siendo las 09:00 a.m., y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de las demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentaran la ciudadana GLENNYS MAYERLING AROCHA RIVERO, titulares de la Cédula identidad Nº: V- 12.143.073, contra Empresa Mercantil TECCO, C.A , se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS con la asistencia de la Secretaria ABG. LISSELOTT CASTILLO y el Alguacil ciudadano ANDRES RODRIGUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. La Secretaria deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: POR LA PARTE DEMANDANTE: NO COMPARECIÓ NI POR SI, NI POR INTERPUESTO APODERADO JUDICIAL ALGUNO. POR LA PARTE DEMANDADA: Su apoderado judicial Abogado GERARDO PONTE, Inpreabogado bajo los No.122.358-. Vista la situación planteada ante la incomparecencia de la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado alguno y de conformidad con lo establecido en el articulo 151, Particular Primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: DESISTIDA LA ACCION en que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la ciudadana GLENNYS MAYERLING AROCHA RIVERO, titulares de la Cédula identidad Nº: V- 12.143.073 contra la Empresa Mercantil TECCO, C.A . Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano CARLOS VELASQUEZ. Dándose por cerrado el presente acto hoy, 13 de julio del 2011, siendo las 09:10 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,


DRA. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,

ABG. LISSELOTT CASTILLO









ZDC/LC.