REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE

201º y 152º

Vista la anterior diligencia suscrita por los ciudadanos: CHICON YEE GALUE y CARLA ALEJANDRA JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.776.950 y 14.424.553, en su carácter de parte demandante y demandada respectivamente, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JORGE ALEJANDRO RODRIGUEZ MARTINEZ, INSCRITO EN EL Inpreabogado bajo el N° 11.209.489, de este domicilio, en el juicio que por REIVINDICACION interpuso el primero contra la segunda de las nombradas, mediante el cual celebran un convenimiento; y por cuanto el mismo no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. Se da por terminado el presente juicio. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester a los interesados. Se ordena el archivo del expediente.-


ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA ACC.

FRINE G. URBAEZ MUJICA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.
Exp. 32. 168
tula