REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN
PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS


No. Expediente NP11-N-2011-000027.-

Parte Recurrente MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO MONAGAS,

Parte Recurrida INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS.

Motivo de la acción RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO.


En fecha 01 de marzo de 2011, se dio por recibido la presente causa proveniente del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la región Sur Oriental, interpuesto por el abogado Didiel Conde inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.861, actuando con el carácter de Síndico Procurador del Municipio Piar del Estado Monagas .contra el Acto Administrativo Nº 00638-09 y modificado su número mediante auto sin fecha quedando registrada con el N° 00639-09 de fecha 25 de noviembre de 2010.

En fecha 03 de marzo de 2011, este Juzgado admitió el presente recurso y ordenó la notificación de la ciudadana Procuradora General de la República, del ciudadano Fiscal General de la República. Asimismo ordenó que una vez efectuadas las notificaciones antes señaladas, fuere librado el cartel al cual alude los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En fecha 17 de junio de 2011, es recibido por este Juzgado las notificaciones positivas fue dirigido al Fiscal General de la República y de la Procuraduría General de la República.
En fecha 20 de junio de 2011, siendo el este el día hábil siguiente, se ordenó librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en el artículo 80 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Administrativa.
En fecha 28 de junio del 2011, este Juzgado Ordenó practicar por Secretaría cómputo del lapso de tres (03) días de despacho transcurridos desde el día 20 de junio de 2011, exclusive, fecha en la cual se libró el cartel previsto en el artículo 80 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Administrativa, hasta el 27 de junio de 2011, inclusive, constatándose que desde el día 20 de junio de 2011, exclusive, hasta el 27 de junio de 2011, inclusive, transcurrieron cuatro días de despacho, correspondientes a los días 21, 22, 23 y 27 de junio de 2011.

De dicho cómputo se desprende que para el 27 de junio de 2011, la parte recurrente no había retirado ni publicado el referido ejemplar del cartel al que alude el artículo mencionado, siendo que para esta fecha ya había transcurrido el lapso de tres (3) días de despacho previsto en el artículo 81 de la Ley mencionada ut supra que establece la figura del desistimiento.

Ahora bien, observa esta Juzgadora que la inobservancia por parte del interesado de las cargas procesales que le son propias, implica en el caso de autos la necesaria declaratoria del desistimiento, conforme a lo previsto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Administrativa.

En atención a lo expuesto, esta Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas declara DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en consecuencia se ORDENA el archivo del expediente. Así se decide.

DECISIÓN
En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Didiel Conde inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.861, actuando con el carácter de Síndico Procurador del Municipio Piar del Estado Monagas .contra el Acto Administrativo Nº 00638-09 y modificado su número mediante auto sin fecha quedando registrada con el Nº 00639-09 de fecha 25 de noviembre de 2010, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, Veintiocho (28) de Junio del año dos mil once (2011). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

La Jueza Titular,

Abg. Carmen Luisa González R.
El Secretario (a),

En esta misma fecha siendo las 2:30 p.m., se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.-


El Secretario (a),