REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, diecisiete (17) de junio de dos mil once (2011), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, a los fines de verificar las resultas de la ejecución efectuada por este Tribunal el día 02 de junio de 2011, con ocasión al mandamiento de ejecución, de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 19 de julio de 2007, mediante la cual declaró: “…CON LUGAR, la querella incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ALGARA BECERRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.663.078, debidamente asistido por el abogado JESUS ALBERTO CARBACAS, inscrito en el Instituto de revisión Social del Abogado bajo el Nº 11.963, contra la resolución Nº 007999, de fecha 13 de octubre de 2006, emanada de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se destituyó del cargo Cabo Primero, al querellante Rafael Antonio Algara Becerra, ya identificado. En consecuencia se ordena la reincorporación del querellante dentro de la Institución Policial de la Policía Metropolitana de Caracas, con todos los beneficios y salario dejados de percibir desde el momento en que fue removido de sus funciones y con los incrementos y pagos de todos los beneficios a que tuviese derecho hasta su reincorporación definitiva…”. El Tribunal se traslada al Ministerio del Poder Popular para la Relaciones Interiores y Justicia, ubicado en la avenida Urdaneta, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, piso 12, Dirección General de Recursos Humanos, en compañía de la parte actora Rafael Antonio Algara Becerra, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.663.078 y su abogado asistente Gregorio Hermes Gutiérrez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 36.475, donde es atendido por la doctora María Teresa Villarroel, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.940.577, en su condición de Jefe de Asesoría Legal, quien manifiesta al Tribunal lo siguiente: “ Se acordó la reincorporación del ciudadano Rafael Antonio Algara Becerra a partir del día de hoy 17 de junio de 2011 y tomando en consideración el proceso de liquidación que esta pasando la Policía Metropolitana y en beneficio del trabajador se propone otorgarle al trabajador el beneficio de jubilación por conversión, dada su edad cronológica y sus años de servicio en la Institución. En cuanto al pago de las prestaciones y otros conceptos pecuniarios pendientes, el Ministerio no se niega cancelarle pero dado el cronograma presupuestario fijado para el proceso de liquidación, dicho pago no podrá efectuase de manera inmediata”. Es todo. En este estado la parte actora, Rafael Antonio Algara, por intermedio de su abogado asistente, Gregorio Hermes Gutiérrez, expone: “Manifiesto mi voluntad de aceptar mi reincorporación y el beneficio de jubilación por conversión en los términos planteados”. Es todo. Oídas las exposiciones realizadas, este Juzgado da por cumplida su misión y dispone el retiro del Tribunal a su sede. Es todo Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 11:10 am
La Juez,

Caribay Gauna.
La parte actora y su abogado asistente


Rafael Antonio Algara Becerra
Abg. Gregorio Hermes Gutiérrez
Jefa de Asesoría Laboral

Dra. María Teresa Villarroel
La Secretaria

Dubraska Ibarreto
Exp. Nº 3103-11 (Interno)
Exp. Nº 1746-06 (Tribunal de la Causa).
CG/