En el día de hoy, Veintidós (22) de Junio del año Dos Mil Once (2011), siendo la una y treinta minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Félix Pachas Linares, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.505, en la siguiente dirección: Esquina de Altagracia, sede del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), Parroquia Altagracia, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION sigue el ciudadano WILFREDO AGUILAR, contra la sociedad mercantil OBRAS Y SERVICIOS PETROLEROS E INDUSTRIALES 2.021, C.A..-Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora, donde funciona la Dirección General de Consultaría Jurídica del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el Tribunal es atendido por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Rosa Angélica Checa, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-13.114.899, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución emanado del comitente en el cual se ordena que: “…dicha medida de Embargo Ejecutivo recae especialmente sobre los derechos de crédito que tiene la demandada de autos en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, derivados de los siguientes contratos de obras, que a continuación se describen: 1) En el Hospital Dr. Héctor Novel Joubert, ubicado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, cuyo objeto es la realización de la obra del reacondicionamiento de los quirófanos de traumatología, suscrita mediante el contrato identificado con el Nº 09/2009, de fecha 21 de enero de 2009, iniciada el 30 de enero de 2009; 2) En el Ambulatorio Dr. Roberto Lozano Villegas, ubicado en San Félix, Estado Bolívar, cuyo objeto es la realización de la obra del reacondicionamiento de la fachada principal, suscrita mediante el contrato identificado con el Nº 396/2009, de fecha 04 de agosto de 2009, iniciada el 14 de agosto de 2009; 3) En el Hospital Dr. Héctor Novel Joubert, ubicado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, es la realización de la obra de la instalación de aires acondicionados en el quirófano general, de fecha 04 de agosto de 2009, iniciada el 14 de agosto de 2009; 4) En el Ambulatorio Dr. Roberto Lozano Villegas, ubicado en Ciudad San Félix, Estado Bolívar, es la realización de la obra del reacondicionamiento y cambio de la cubierta de techo de deposito, suscrita mediante el contrato sin numero (S/N), de fecha 22 de agosto de 2007, iniciada el 30 de agosto de 2007.-Es todo.- Seguidamente la notificada, ciudadana Rosa Angélica Checa, antes identificada, informa al Tribunal desempeñar el cargo de Abogado Jefe de la Dirección General Consultora Jurídica del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) y en virtud de lo ordenado por el comitente, expone: Visto lo ordenado por el Tribunal de la causa, informo que una vez suscrita la presente Acta será remitida a la Dirección General de Ingeniería y Mantenimiento a los fines de que sean realizados los tramites necesarios y pertinentes para proceder a dar cumplimiento a lo decretado, remitiendo el respectivo cheque a nombre del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivar, cuyo Registro de Información Fiscal “RIF”, es: G-20006517-6, por los montos que arroje lo señalado.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la notificada, ciudadana Rosa Angélica Checa, antes identificada, en su condición de Abogado Jefe de la Dirección General de Consultoria Jurídica del IVSS, dando cumplimiento a lo ordenado por el aquo declara EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los derechos de crédito que tiene la demandada de autos en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales derivados de los contratos previamente descritos en la presente acta y señalados e indicados plenamente en el mandamiento de ejecución decretado por el comitente.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: En virtud que lo señalado no cubre lo decretado por el comitente, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada en una nueva oportunidad, solicitando al comisionado remita las presentes actuaciones con sus resultas al comitente a los fines de su conocimiento.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, ordena la remisión de la presente comisión con sus resultas al comitente y cumplida como ha sido su misión, ordena concluir la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las tres de la tarde.-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR



LA NOTIFICADA


LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 11.2890