En horas de despacho del día de hoy martes, Nueve (09) de Junio de Dos Mil Once (2011), siendo las Nueve y Treinta Antes Meridiem (09:30 a.m.), fecha y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar dispuesta en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados William Benshimol R., Laura R. Benshimol Doza y Leon S. Benshimol Salamanca, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.026, 53.471 y 76.696, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Liliana María Teresa Alvarez Cumare, titular de la cédula de identidad N° 8.594.773, contra el Fondo de Garantía de Deposito y Protección Bancaria (FOGADE). El Juzgado deja constancia que está presente el abogado William Fernando Benshimol antes identificados, apoderado judicial de la parte querellante, así como la comparecencia del abogado Juan Rafael Stredel González, inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 66.591, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte querellada. En este estado el Juzgado concede un lapso de diez (10) minutos a cada una de las partes a fin de que expongan sus argumentos, igualmente se les otorgara Cinco (05) minutos a la parte recurrente para que ejerza su derecho a Réplica, así como Cinco (05) minutos a la parte recurrida para que ejerza su derecho a Contrarréplica. Ahora bien, de conformidad con el artículo 104 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el Juez insta a las partes a la conciliación, a lo cual manifestaron no haber posibilidades para conciliar. Se deja constancia que ambas partes solicitaron la apertura a pruebas. Este Juzgado deja constancia que de los alegatos expuestos en esta audiencia se tomo un registro audiovisual, el cual fue realizado por el ciudadano Carlos Nieto, titular de la cedula de identidad Nº 11.942.000, en su carácter de funcionario adscrito a la oficina de Apoyo Técnico Administrativo de la Torre Impres, con un equipo marca Sony, video grabadora, modelo DCR-SR68, Numero de bien nacional DAR 4280, el cual será agregado al expediente en CD. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES
POR LA PARTE QUERELLANTE
POR LA PARTE QUERELLADA
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
TÉCNICO AUDIOVISUAL
Exp. N° 1560/JVTR/EFT/Jesús.-
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