En el día de hoy, Dieciséis (16) de Junio de Dos Mil Once (2011), siendo las 11: 00 horas de la mañana, previa habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: Calle Páez cruce con Longoria, edificio El Centro distinguido con el Nro. A-1; en compañía de la Abogada Delia Corro Corro, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.202, en su carácter de Apoderada Judicial de la Parte Actora, con el objeto de dar cumplimiento a la Medida de Entrega del Inmueble (Local Comercial), decretada con motivo del juicio por Resolución de Contrato que sigue la Ciudadana: Rosa Caraballo de Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 2.026.476, contra el Ciudadano: Antonio Peña, titular de la cédula de identidad Nº 3.430.669, ante el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal Ejecutor deja constancia que se encuentran presentes en este acto los Ciudadanos: Henry García, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº 5.276.824, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., y Omar Chaviedo, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 3.518.570, en su carácter de Perito Avaluador, quienes una vez designados, aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley, asimismo se encuentran presentes en este acto los Funcionarios Policiales: Andrés Tovar, C.I.: 15.734.707 y Betancourt Yeinnys, C. I: V-18.610.748, adscritos a la Estación Policial del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, con el objeto de resguardar la integridad física del personal adscrito a este Despacho. El Tribunal Ejecutor deja constancia que habiendo realizado las diligencias necesarias, para dar cumplimiento a lo decretado por el Juzgado de la Causa, y una vez constituidos en la dirección arriba señalada, no pudo ubicar el bien inmueble constituido por un Local comercial situado en la Calle Páez cruce con Longoria, edificio El Centro, con el Nro. A-1, ya que tanto el Edificio, como los locales comerciales que allí se encontraron carecían de identificación exterior, motivo por el cual la Jueza Ejecutora de Medidas suspende la ejecución de la medida y ordena el regreso a su sede habitual. En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora expone: “Quiero dejar constancia que puse a la vista del Tribunal Ejecutor de Medidas los siguientes documentos: Ficha Catastral y Planos, que no identifican el inmueble objeto de la entrega y una Boleta de Notificación expedida por el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Victoria, Estado Aragua, Boleta esta, donde se nombra el Local Comercial objeto de la medida, pero los mismos no contenían los linderos del inmueble, y consignaré posteriormente documentos que identifiquen suficientemente a dicho inmueble, con sus linderos y medidas, para solicitar que se me fije una nueva oportunidad, para así dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de la Causa”. En este estado la Jueza Ejecutora de Medidas oída la anterior exposición de la Apoderada Judicial de la parte actora, deja constancia que los documentos arriba identificados puestos a la vista de este tribunal, no señalaban los linderos del inmueble objeto de la medida, tampoco identificaban el inmueble, ni el edificio identificado ut supra, razón por la cual una vez revisados minuciosamente se abstuvo de practicar la medida en cuestión. Es todo. El Tribunal Ejecutor de Medidas deja constancia de que no se observo, ningún acto de violencia por parte de los Funcionarios de este Juzgado Ejecutor, ni de parte del Perito, ni Depositario Judicial, ni de los funcionarios Policiales, ni de ninguna otra persona de las que asistieron a la medida. El Tribunal Ejecutor de Medidas ordena expedir Copias Certificadas de la presente Comisión y del Acta levantada, para su respectivo archivo. El Tribunal Ejecutor de Medidas declara terminado el acto siendo las 4:00 horas de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.


LA JUEZA TITULAR.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

C.I. 3.720.889.




LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA.-





LOS FUNCIONARIOS POLICIALES.-


EL PERITO AVALUADOR.-




EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
JUDICIAL LA NACIONAL C.A.-




LA SECRETARIA.-