En horas del despacho del día de hoy, lunes 27 de junio de 2011, siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, integrado por la Dra. MIGDALYS DE LA CHIQUINQUIRA AGRAZ, en su carácter de Juez Ejecutora de Medidas y el Dr. JOSE GIRON ZAPATA, en su carácter de Secretario, en compañía del ciudadano Abogado NERIO RIVERO QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 127.747 con el carácter de Apoderado judicial de la parte actora, en la siguiente dirección: Local sin número visible , denominado “Tienda Marilú” (Oferta Permanente Zapatería), según reza en un anuncio colocado en la parte superior de su entrada, dicho local está ubicado en un inmueble de la calle Mariño de la ciudad de Turmero, municipio Santiago Mariño del estado Aragua y el mismo se encuentra entre dos locales, a su mano derecha (Este) un local denominado “Pura Moda” cuyo número corresponde al 3, según registro de Información Fiscal (RIF), a su mano izquierda (Oeste) un local denominado “La Nueva Violeta”) dedicado a panadería y/o lunchería); a los fines de practicar medida de Entrega Material decretada por el Juzgado del municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue el ciudadano Gonzalo Matías Hernández Borgo, titular de la cédula de identidad N°V-9.433.233 en contra del ciudadano Enrico Pizzino, titular de la cédula de identidad N° 7.269.112, según expediente N°2483-09. Presentes igualmente los ciudadanos Gustavo Fischer, titular de la cédula de identidad N° 6.233.915, con el carácter de apoderado judicial de la depositaria Judicial la Nacional C.A. y Luisabel Vargas , titular de la cédula de identidad N°11.124.224 con el carácter de práctico avaluadora, quienes aceptaron los cargos y juraron cumplir fiel y lealmente con las obligaciones inherentes a los mismos. Presentes en la referida dirección, la Juez Ejecutora de Medidas efectuó el llamado de ley, siendo atendida por un ciudadano que se identificó como Enrico Pizzino, venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad N° 7.269.112, quien fue notificado de la práctica de la medida, siéndole leído el contenido de la comisión y quien se hizo asistir por el Abogado MANUEL BIEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.075, quedando de esta forma garantizado el derecho a la defensa previsto en el artículo 49 constitucional en concordancia con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Acto seguido, siendo las 10:15 de la mañana, el notificado, ciudadano Enrico Pizzino, titular de la cédula de identidad N° 7.269.112, debidamente asistido por el Abogado MANUEL BIEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.075, expuso: “Procedo en este acto a hacer Entrega Voluntaria del inmueble objeto de la medida y en consecuencia procederé a trasladar todas mis pertenencias bajo mi cuenta, riesgo y responsabilidad, es todo”.En este estado, el tribunal, vista la manifestación de voluntad del notificado, debidamente asistido de abogado, de entregar voluntariamente el inmueble objeto de la medida, se abstiene de practicar la misma; no obstante acuerda permanecer en la dirección antes indicada hasta culminar los actos de traslado de los bienes muebles. En este estado, siendo las 4:00 de la tarde, intervino el ciudadano Abogado Nerio Rivero, Inpreabogado N° 127.747, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora y expuso:” recibo el inmueble entregado por el demandado, libre de bienes muebles y de personas, es todo”. Cumplida como fue la comisión de conformidad con lo previsto en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil se ordena el regreso a la sede del Tribunal siendo las 4:30 de la tarde. Se deja constancia de que no se presentó problema alguno de alteración desorden público durante la presencia del Tribunal en el sitio de su constitución. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ EJECUTORA DE MEDIDAS
DRA. MIGDALYS DE LA CHIQUINQUIRA AGRAZ
El notificado
Enrico Pizzini
El Abogado Asistente
Dr. Manuel Biel M.


El Apoderado Actor
Dr. Nerio Rivero

El Depositario Judicial
Gustavo Fischer

El Práctico Avaluador
Luisabel Vargas

EL SECRETARIO

DR. JOSÉ GIRÓN


Exp.021/11
MAS/JG