REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIÓNES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 152°)

Maracay, Siete (07) de Junio del Año (2011)

EXP.- JSAAC- 2011-0135

Este Tribunal Superior Agrario, partiendo del hecho publico, notorio y comunicacional “noticia criminis” donde el ex presidente del Acuario de Valencia y miembro del Movimiento Amigos de las Toninas, Adelio Valente aseveró que las aguas contaminadas que se reciben del embalse Pao Cachinche y su falta de filtración en los estanques pudo haber ocasionado la muerte de las toninas Arthemis y Ulises. Expresó además, que algunos medios señalaron que Ulises –la última en morir- presentaba hepatitis, gastritis y úlcera por estrés; otros señalaban que tenía inapetencia y, las últimas notas, aseguraban que la contaminación del agua pudo haber motivado su pérdida. En fecha 22 de mayo el diario EL NACIONAL publicó noticia titulada “EL SHOW SE TERMINÓ” señalando que desde 1997 hasta 2009 la directiva de la Fundación Acuario de Valencia y la alcaldía de esa ciudad recibieron informes oficiales que alertaban sobre las fallas de mantenimiento de las piscinas donde vivían las toninas y que la la muerte de cuatro animales pudo haberse evitado. Trayendo como consecuencia que las puertas del toninario se cerraran. Se señaló que El Consejo Federal de Gobierno acababa de aprobar más de 5 millones de bolívares para modernizar el acuario y que el dinero ya comenzó a invertirse, lo que faltaba es la garantía de sobrevivencia de los animales. Finalmente en fecha 01 de junio el diario EL CARABOBEÑO reseñó en su noticia titulada AN: “30 AÑOS DE ABANDONO” PROVOCÓ MUERTE DE LAS TONINAS Que La Comisión de Ambiente de la Asamblea Nacional (AN) finalmente responsabilizó al "abandono acumulado" por las diferentes juntas directivas y los alcaldes de Valencia, durante los últimos 30 años, de la muerte de cuatro toninas en el Acuario José Vicente Seijas.
Ahora bien, este sentenciador en virtud de lo anteriormente expuesto y en cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su Art. 127 en concordancia con el articulo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 1,2,3 y 4 de la Ley para la Protección de la Fauna Domestica libre y en Cautiverio, ordena de manera oficiosa la fijación de una Inspección Judicial en las instalaciones del AQUARIUM DE VALENCIA ubicado en la Av. Fernando Figueredo apartado postal 1865 Valencia estado Carabobo a fin de constatar los hechos denunciados. Asimismo se le da entrada por Secretaría signándole el número 2011-0135 nomenclatura particular de este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil. EL JUEZ

Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

El Secretario


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO

EXP. - JSAAC- 2011-0135
HBC/Lag