REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 4 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-001222
ASUNTO : NP01-S-2011-001222
AUTO DE ORDEN DE APREHENSION
Corresponde a este órgano Judicial emitir pronunciamiento respecto a la solicitud de orden de APREHENSIÓN, solicitada por el ABG OBNIL HERNANDEZ , en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano: RANDY LUIS LOPEZ MARTINEZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad n°. V-15.904.394, residenciado en la transversal A, Casa Número 25, Sector Alto Paramaconi I de esta Ciudad, hijo de LOLA LOPEZ (V), y LUIS LOPEZ (V). por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE previsto y sancionado en EL ARTÍCULO 44, EN SU ORDINAL 4º de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia , en concordancia con los Artículos 77, ordinales 1º,5º,8º,11º y14º del Código Penal, 217 y 218 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente en perjuicio de una Adolescente de quince (15) años de edad, de quien se omite su identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente, titular de la cédula de identidad Nº.- V.- 27.783.372, residenciada en la calle la Esperanza, Casa Nº.- 14, Sector Alto Paramaconi , Maturín Estado Monagas, los cuales tenía para la fecha 03 de Febrero del año 2011 cuando la ciudadana ISABEL TERESA GUZMAN, quien es su ABUELA , de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio de Capayacuar Estado Monagas, de 54 años de edad, fecha de nacimiento 19-11-1956, residenciada en la calle la Esperanza, Casa Nº.- 14, Sector Paramaconi , de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº.- V.- 6.588.998 , formula la denuncia ante el órgano receptor policial.
A tal efecto, lo hace sobre la base de las consideraciones que se detallan a continuación: 1.- Acta de Denuncia Común Expediente: I-745.037 de Fecha Tres (3) de Febrero 2011 que riela inserta al folio uno (1) y su vuelto, realizada por el órgano receptor de denuncia Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación (A), Maturín del Estado Monagas, a la ciudadana ISABEL TERESA GUZMAN, quien es su ABUELA , de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio de Capayacuar Estado Monagas, de 54 años de edad, fecha de nacimiento 19-11-1956, residenciada en la calle la Esperanza, Casa Nº.- 14, Sector Paramaconi , de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº.- V.- 6.588.998 . quien expone: “ Comparezco por ante este Despacho, con la finalidad de denunciar al ciudadano RANDI LOPEZ MARINEZ, quien abusó sexualmente de mi nieta, de quien se omite su identidad por razón de la Ley, de 15 años de edad, y además es una niña especial, luego que la metió a la fuerza a su casa para hacerlo “.
.. 2.- Orden de Inicio de la Investigación que riela al folio cuatro (4) de las actuaciones, expedida por el FISCAL NOVENO DEL ESTADO MONAGASA ABG. OBNIL HERNANDEZ ROJAS , toda vez que es informado por el órgano receptor de denuncia Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación (A), Maturín del Estado Monagas, por la denuncia que interpone la ciudadana ISABEL TERESA GUZMAN, quien es ABUELA de la Victima Adolescente; de quien se omite su identidad por razón de la ley.
3.- Acta de Investigación Penal, de fecha 03 de Febrero del año 2008, que riela al folio cinco (5) y su vuelto de las presentes actuaciones, suscrita por el funcionario actuante adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, subdelegación (A), de Maturín del Estado Monagas, proceden a constituirse en comisión y trasladarse hacia la Transversal A, Casa Número 01, Sector Paramaconi I de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas, con la finalidad de realizar Inspección Técnica Policial, de igual forma ubicar, identificar y citar al ciudadano RANDI LOPEZ MARTINEZ, quienes informan que fueron recibidos por una ciudadana a quien luego identificaron como : LOLA DEL VALLE MARTINEZ LOPEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, de 53 años de edad, nacida el 07-08-1957, casada, residenciada la Transversal A, Casa Número 01, Sector Paramaconi I de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas, quien manifestó ser la madre de la persona a quien solicitaban e informó que no se encontraba para el momento, asimismo informó la ciudadana que no iba aportar ningún tipo de información en relación a su hijo por cuanto el mismo no había cometido ningún delito y que ella lo iba a presentar en el Despacho acompañado de su Abogada.
4.- Boleta de citación expedida por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, subdelegación (A), de Maturín del Estado Monagas, al ciudadano denunciado, de fecha 3 de febrero 2011, que corre inserta al folio seis (6), de las presentes actuaciones, donde se le cita para la fecha 5 de febrero del año 2011, a las 9:00 horas de la mañana.
5.- Inspección Técnica Nº.- 0593, de fecha 3 de febrero 2011, que corre inserta al folio siete (7) de las actuaciones, suscrita por Funcionarios actuantes adscritos al el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, subdelegación (A), de Maturín del Estado Monagas, donde identifican el sitio del suceso CERRADO, correspondiente a una vivienda de habitación unifamiliar, tipo casa, ubicada la Transversal A, Casa Número 01, Sector Paramaconi I de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas.
6.-Informe Médico Legal, suscrito por el Experto Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, de fecha 04 de Febrero del año 2011, que corre inserto al folio nueve (9), donde se evalúa a la Adolescente de 15 años de edad, de quien se omite su identidad por razón de la Ley. Que arroja: INTERROGATORIO: La joven indicó que un señor llamado RANDY se la llevó a su casa en el mes de noviembre y vivió con ella por delante y por detrás. EXAMEN GINECOLOGICO: himen desflorado antiguamente, No hay virginidad, no se observaron otras lesiones.
7.- Acta de Investigación Penal de fecha 20 de Abril del año 2011, que corre inserta al folio Diez (10) y su vuelto de las presentes actuaciones, suscrita por funcionarios actuantes, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, donde se trasladan al domicilio de la progenitora del ciudadano requerido RANDY LOPEZ MARTINES, donde fueron recibido por su progenitora la ciudadana LOLA DEL VALLE MARTINEZ LOPEZ, plenamente identificada en auto, quien manifestó que su hijo no se encontraba para el momento y no tuvo inconveniente en aportarles los datos filiatorios del mismo el cual quedó plenamente identificado: RANDY LUIS LOPEZ MARTINEZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad n°. V-15.904.394, residenciado en la transversal A, Casa Número 25, Sector Alto Paramaconi I de esta Ciudad, hijo de LOLA LOPEZ (V), y LUIS LOPEZ (V).
8.- Acta de Investigación Penal, de fecha 13 de mayo del año 2011, que corre inserta al folio once (11) de las presentes actuaciones, suscrita por funcionarios actuantes adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, donde fueron recibidos por la ciudadana Progenitora del solicitado quien se identifica como LOLA DEL VALLE LOPEZ MARTINEZ, plenamente identificada en auto, quien manifestó que su hijo no se ha podido presentar por cuanto ella había hablado con su abogada y la misma le manifestó que ella lo iba a presentar pero con un poder le iban a otorgar en el circuito judicial, y manifestó que no iba a dar ningún otro tipo de información.
9.- Acta de Investigación penal de fecha 17 de mayo del año 2011, suscrita por funcionarios actuantes, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, q que corre inserta al folio doce (12) y su vuelto de las actas procesales que conforman el Presente Asunto penal, donde proceden a ubicar el domicilio de la Adolescente en la dirección calle la Esperanza, casa Nº.- 14, Sector Alto paramaconi, de esta Ciudad de Maturín Del Estado Monagas, donde fueron atendidos por una ciudadana que se identificó : ISABEL TEREZA GUZMAN, plenamente identificada en actas anteriores por cuanto es la ABUELA de la Adolescente de quien se omite su identidad por razón de la Ley por ser ésta la denunciante. Y manifestó que su nieta no se encontraba en esos momentos en su residencia, Se le dejó BOLETA DE CITACION, de fecha 16 de mayo del año 2011, a la Adolescente para que compareciera al Despacho en fecha 17 de Mayo del año 2011, a las 8: 30 horas de la mañana, tal como se evidencia inserta al folio trece (13) de las presentes actuaciones.
10- Acta de Entrevista Penal, de fecha 17 de mayo 2011, suscrita por funcionarios actuantes adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, que corre inserta al folio quince (15) y su vuelto de las actas procesales realizada ala Adolescente de 15 años, de quien se omite su identidad por razón de la ley, con cédula de identidad Nº.- 27.783.372, quien se encontraba acompañada de su representante legal, la ciudadana CLARA ELIZABETH GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº.- 12.198.480 quien expuso: “ Que en Noviembre del año 2010 horas de la tarde, mi mamá me envió a la panadería que está cerca de la casa, hacer un mandado, cuando voy en camino un muchacho a quien conozco como RANDY, me llevó caminando para su casa que está cerca de la panadería, llegamos a su caso y el me metió para el segundo cuarto , de allí me quitó toda la ropa y me hizo maldad por delante y por detrás, luego me dijo que no le dijera nada a mi mamá, porque sino me iba a matar, asimismo me sacó un arma de fuego y me dijo que me iba a matar si yo decía algo de lo que había pasado”.
11.- Informe Psicológico de fecha 31- de marzo del año 2011, practicado a la Adolescente de 15 años, de quien se omite su identidad por razón de la ley: donde presenta Trastorno de Estrés Post-Traumático; Retardo Mental Moderado Inteligencia por debajo del Promedio, con una edad mental de 07 años, que la ubica en 08 años de atraso con respecto a su edad cronológica, psicoinfantislismo, quien presenta problemas con presunto abuso sexual, sobreprotección parental.
Luego de un análisis exhaustivo dispensado al texto del escrito interpuesto por el aludido órgano fiscal, es concluyente, que presenta suficientes elementos de convicción y presenta la debida fundamentación a los fines de que tenga lugar la expedición de la orden de aprehensión a que se contrae el Primer Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez, que su pedimento se ha circunscrito a enumerar y fundamentar una serie de actuaciones generadas en la investigación EXPEDIENTE I-745.037, instruido por el Cuerpo De Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas, Subdelegación (A), de Maturín del Estado Monagas, las cuales están tendientes a justificar el libramiento de la citada orden judicial; en consecuencia, estima esta Instancia Judicial declarar procedente la orden de aprehensión requerida por el ABG. OBNIL HERNEDEZ ROJAS en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano. RANDY LUIS LOPEZ MARTINEZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad n°. V-15.904.394, residenciado en la transversal A, Casa Número 25, Sector Alto Paramaconi I de esta Ciudad, hijo de LOLA LOPEZ (V), y LUIS LOPEZ (V). por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE , previsto y sancionado en EL ARTÍCULO 44, EN SU ORDINAL 4º de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia , en concordancia con los Artículos 77, ordinales 1º,5º,8º,11º y14º del Código Penal, 217 y 218 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente en perjuicio de una Adolescente de quince (15) años de edad, de quien se omite su identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente, titular de la cédula de identidad Nº.- V.- 27.783.372y Así se decide.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Déjese copia certificada. Remítanse urgentemente las presentes actuaciones a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, una vez cumplidos como hayan sido los trámites legales consiguientes. Y LÍBRENSE LOS RESPECTIVOS OFICIOS ANTES LOS CUERPOS POLICIALES y DE SEGURIDAD DEL ESTADO MONAGAS, y Así se decide. Hágase lo conducente. Cúmplase.
Dado, sellado y firmado en el Despacho del Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas con competencia en violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. en Maturín, a los cuatro (4) días del mes de Mayo del año 2011.
LA JUEZA
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECRETARIA
ABGA. RAIZA MEJIAS
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