REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, veinte (20) de junio de 2011
201° y 152°

ASUNTO: DP11-R-2011-000142
ACTA


PARTE ACTORA: EUGLEMA OCHOA y VICTORIA CARAGUICHE, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 4.455.285 y V- 4.544.947, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANONIMA TELEFONOS DE VENEZUELA. (CANTV)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado MANUEL NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.416.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO RAFAEL GARCIA PASTRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.310.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-

En el día de hoy 20 de junio de 2011, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por el Abogado MANUEL NUÑEZ, Inpreabogado N° 64.416, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 20 de Mayo de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Karla A. Geraldes Pais y el Alguacil Angel Rodriguez, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, Abogado Alejandro Rafael García Pastrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.310. En virtud de la Incomparecencia de la parte demandante y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 9:30 a.m.; este Tribunal declara: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, una vez vencido el lapso de Ley, a los fines del cierre y archivo del presente expediente. Asimismo se le ordena remitir copia certificada de la presente acta al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a los fines de su conocimiento y control. SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.



LA SECRETARIA,


ABG. KARLA A. GERALDES PAIS


JFMN/KGP.-