REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 22 de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: DP11-L-2011-000595
ACTA
PARTE ACTORA: KARLENY YOLVIDEC RODRIGUEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.338.172.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISABEL RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.958.581, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.027.
PARTE DEMANDADA: JOSE TRUJILLO y ELSA MANZANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Por JOSE TRUJILLO FERNANDO NIETO, y por ELSA MANZANO, MARCO ANTONIO CUBA venezolano, mayores de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 9.641.721 y 16.131.583 respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 94.413 y 107.845 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACONES SOCIALES.
En el día de hoy, siendo las 11:00 a.m. oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar en el presente juicio, comparecen la ciudadana KARLENY YOLVIDEC RODRIGUEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.338.172 y su apoderada judicial ISABEL RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.958.581, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.027 por una parte y por la otra los apoderados judiciales de JOSE TRUJILLO y ELSA MANZANO, así: Por JOSE TRUJILLO FERNANDO NIETO, y por ELSA MANZANO, MARCO ANTONIO CUBA venezolano, mayores de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 9.641.721 y 16.131.583 respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 94.413 y 107.845 respectivamente.
La parte demandada JOSE TRUJILLO FERNANDO NIETO, antes identificada con el objeto de poner fin al presente procedimiento ofrece pagar la cantidad de nueve mil cincuenta y un bolívares con treinta y dos bolívares (Bs. 9.051,32), subrogándose la cuota correspondiente a la parte demandada ELSA MANZANO, desglosados de la siguiente menare:
CONCEPTO DIAS SALARIO TOTAL
PRESTACIÓN DE ANTIGUEDAD Bs. 35,37 Bs. 884,26
INTERESES SOBRE ANTIGUEDAD Bs. 35,37 Bs. 28,80
UTILIDADES FRACCIONDAS 7,5 Bs. 33,33 Bs. 249,98
VACACIONES FRACCIONADAS 7,5 Bs. 33,33 Bs. 249,98
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 3,5 Bs. 33,33 Bs. 116,66
INDEMNIZACIONES POR ANTIGÜEDAD ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
30 Bs. 35,37 Bs. 1.061,10
INDEMNIZACIONES POR PREAVISO ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
30 Bs. 35,37 Bs. 1.061,10
SALARIOS CAIDOS DIAS 162 Bs.33,33 Bs. 5.399,46
Este pago se ofrece de la siguiente forma: la cantidad de Bs. 4.525,66 en fecha 29 de junio de 2011 y la cantidad de Bs. 4.525,66 en fecha 15 de julio de 2011 ambos pagos por ante la U.R.D.D. de este circuito judicial laboral en horas de despacho. En este estado, “EL DEMANDANTE” manifiesta que acepta el ofrecimiento formulado en este acto en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que con la celebración de este acuerdo se han satisfecho todas las pretensiones de carácter laboral contenidas en el libelo de la demanda. En tal sentido se deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado. Se deja constancia que en este acto le son entregadas a las partes los escritos de promoción de pruebas y sus anexos consignados al inicio de la Audiencia Preliminar y se declara concluida la misma. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 12:20 a.m. de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ
LA PARTE ACTORA Y SU APODERADO JUDICIAL
POR LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS VALERO
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