En el día de hoy 16 de Junio de 2011, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el Apoderado Judicial GILBERTO JOSÉ CHACÍN LANZA, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.747.152, I.P.S.A. Nro. 120.001, arriba identificados. Por la demandada FULLER MANTENIMIENTO, C.A., comparece la Abogado GUSTAVO RAFAEL NAVARRO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.295.641. I.P.S.A. Nro. 115.498; tal como consta en Poder Judicial que riela en autos en los folios del 31 al 38. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES CON CENTIMOS (Bs. F. 55.000,00), para ser pagado el día 20 de Julio del corriente año 2011,en la sede del Tribunal, a las 11:00 a.m. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales, y Salarios Caídos. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto, ni monto alguno por los conceptos demandados en este asunto.