REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 17 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000220
ASUNTO : NP01-D-2010-000220
JUEZA: ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. MARIA GABRIELA BRITO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MIRIAM GARELLI.
DEFENSA PRIVADA: ABG. WILLIAN GIL
DECISIÓN: REVISIÓN DE MEDIDA
Este Tribunal procede a realizar la revisión de la Medida conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y adolescente impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por un lapso de Un (01) año y Seis (06) meses, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO (MOTO) PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio del Estado Venezolano, de la siguiente forma:
En fecha 22 de Octubre del 2010 este Tribunal realiza al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, auto de Ejecución y Computo de la Medida y en fecha 20/01/2011 es impuesto del Auto de Ejecución y de su obligación de dar cumplimiento a la medida Libertad Asistida.
Por cuanto el ente destinado para la supervisión de la medida es el Departamento de Servicio social, y en autos no consta el informe respectivo, la ciudadana jueza ABG. DILIA MENDOZA se de traslada hasta esa oficina y es atendida por la Licenciada YECENIA SANCHEZ quien informó: “el joven inició el cumplimiento de su sanción el 20 de Enero del 2011, Su Evolución conductual es de pronóstico favorable”.
Este Tribunal considera necesario REVISAR Y MANTENER LA MEDIDA LIBERTAD ASUISTIDA AL SANCIOONADO IDENTIDAD OMITIDA, se determina que ha dado cumplimiento a la sanción por espacio de UN (01) MES y VEINTICINCO (25) DÍAS y le falta por cumplir DIEZ (10) MESES y CINCO (05) Días de la medida Libertad Asistida .
DISPOSITIVA
En virtud de las observaciones realizadas de cumplimiento de la sanción impuesta, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley de conformidad con el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente REVISA Y MANTIENE la MEDIDA AL SANCIOONADO IDENTIDAD OMITIDA, se determina que ha dado cumplimiento a la sanción por espacio de UN (01) MES y VEINTICINCO (25) DÍAS y le falta por cumplir DIEZ (10) MESES y CINCO (05) Días de la medida Libertad Asistida .. Impóngase al sancionado. Se fija como fecha para próxima Revisión el 18 de AGOSTO del 2011. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese copia al Servicio Social. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN.
ABG. DILIA MENDOZA BELLO.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA GABRIELA BRITO