REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 17 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000338
ASUNTO : NP01-D-2010-000338
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO
DEFENSOR: MIGUEL BETANCOURT
FISCAL: MIRIAM GARELLI.
RESOLUCIÓN: REVISIÓN DE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA.
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, que fuere impuesta a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO de conformidad con lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:
En fecha 14 de Octubre del 2010 fue realizado por este Tribunal auto de Ejecución y computo de la Medida. En fecha 04 de Noviembre del 2010 es impuesto el sancionado IDENTIDAD OMITIDA.
Por cuanto no consta en autos el Informe de Evolución Conductual del sancionado la ciudadana Jueza Visita el Departamento de Servicio social , y es atendida por la Licenciada YECENIA SANCHEZ, quien muestra las carpetas de control de entrevistas del sancionado y señala que inicia el cumplimiento de la medida el 04-11-2010, siendo puntual a sus entrevistas, , ha mantenido buen comportamiento , ha acudido de manera puntual a cumplir su medida, presentó constancia de estudios de SEXTO GRADO. SU EVALUACIÓN CONDUCTUAL ES DE PRONOSTICO ES FAVORABLE.
Por lo que se determina que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, hasta día de hoy ha cumplido la Medida Libertad Asistida por espacio de CUATRO (04) MESES Y TRECE (13) DÍAS y le falta por cumplir SIETE (07) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS. Considera este Tribunal necesario REVISAR Y MANTENER LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA al ciudadano ELIEZER JOPSE NAPOLES YENDES, hasta el cumplimiento total de la medida.
DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA sancionado IDENTIDAD OMITIDA, y se determina hasta día de hoy ha cumplido la Medida Libertad Asistida por espacio de CUATRO (04) MESES Y TRECE (13) DÍAS y le falta por cumplir SIETE (07) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS. de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se fija como fecha para próxima Revisión el 18 de julio del 2011. Impóngase de esta decisión al sancionado. Notifíquese a la Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y a la Defensa. Ofíciese y envíese Copia al Servicio Social. Líbrese lo Conducente.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,
ABG. DILIA MENDOZA BELLO.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GABRIELA BRITO.