REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.
Maturín, 01 de Marzo de 2011
200º y 151º
Vista la promoción de prueba realizada en la audiencia de juicio oral de fecha 28 de febrero de 2011, por el ciudadano JOSE GREGORIO MAYORGA FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 48.645, actuando en su carácter de apoderado judicial del MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:
I
DE L AS DOCUMENTALES
Con relación a la promoción realizada del escrito probatorio, este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, así se decide.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín al primer (01) día del mes de marzo del año dos mil once (2011). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
La Juez Provisoria
SILVIA J. ESPINOZA SALAZAR
El Secretario Temporal,
JOSÉ FRANCISCO JIMÉNEZ
SJVES/JFJ/ed.-
Exp. Nº 4379
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