ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000476.
LA PARTE ACTORA: LAUREANO SUAZO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.
LA PARTE DEMANDADA: TOSTADAS EL SOLAR DE LA CASTELLANA.
APODERADO JUDICIAL DE PARTE DEMANDADA: RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.-

En el día de hoy, jueves, diez (10) de Marzo de 2011, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, y compareció por ante Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano JOAO DA SILVA VIEIRA CHACHA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.678.985, de este domicilio, actuando en este acto en su carácter de Director de la sociedad mercantil TOSTADAS EL SOLAR DE LA CASTELLANA, parte demandada, carácter que se evidencia de los estatutos sociales de la empresa, que presenta ad efectum vivendi, debidamente asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 68.348; seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano LAUREANO SUAZO, venezolano, titular de la cédula de identidad número 11.837.823, ni por sí ni por medio de apoderados judiciales algunos; en virtud de lo cual el este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 152°.
LA JUEZA,
ABOG. JHACNINI TORRES

EL REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA Y EL ABOGADO ASISTENTE

EL SECRETARIO,
ABOG. HENRY CASTRO SÁNCHEZ