JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005840
PARTE ACTORA: APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REGULO VASQUEZ, CARMEN RODRIGUEZ RUIZ, EUFRACIO GUERRERO ARELLANO, RUDYS CELESTINO PIÑANGO, DAVID RICARDO GUERRERO PEREZ.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 030793, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO JOSE FIGUERORA NORIEGA e IDALIS MISSET MACÍAS BUISSON IPSA. 148.049 y 148.048
MOTIVO: Prestaciones Sociales
Hoy, 29 de marzo de 2011, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados de la parte actora, DAVID RICARDO GUERRERO PEREZ. IPSA.- 81.742 y por la parte demandada INVERSIONES 030793, C.A, empresa que gira con el nombre del fondo comercial, “CAPITAL JAZZ & BISTRO” representado por los abogados ALEJANDRO JOSE FIGUEROA , inscrito en el I.P.S.A N°. 148. 049, carácter que consta en autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Ambas partes debidamente facultados en este acto para transigir y con el objeto de dar por terminado el presente juicio han decidido celebrar un acuerdo transaccional en los siguientes términos: Ambas partes reconocen la relación laboral la fecha de ingreso y egreso y que la relación termino por retiro voluntario de la trabajadora. SEGUNDO: La empresa ofrece cancelar al actora la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs.45.000,00) en dos pagos un primera pago de bolívares (Bs.15.000,00) el día viernes 29 de abril de 2011 y un segundo pago el día jueves 30 de junio de 2011 por la cantidad de bolívares (Bs. 30.000,00), por ante la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos , en horas de despacho, que dicho pago comprende los concepto de prestaciones sociales, horas extraordinarias, prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones, intereses de mora, vacaciones vencidas , bono vacacional vencido y utilidades pendientes . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se deja constancia de la devolución de las pruebas que las partes declaran recibir en este acto a su entera satisfacción..
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. María V Dávila
Parte actora Parte demandada
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