EXP. 09-2616
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL

En fecha 28 de octubre de 2009, se recibió del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (actuando como sede distribuidora), querella funcionarial interpuesta por el abogado JOSÉ FRANCISCO PLANAS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.808, actuando en su propio nombre y representación, contra el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas.

Mediante auto de fecha 02 de noviembre de 2009, se admitió la presente querella, se ordenó citar a la Procuradora General de la República, y al Ministro del Poder Popular para la Economía y Finanzas.

En esa misma fecha se conmino a la parte actora a consignar los fotostatos para practicar la respectiva citación y notificación.

Este Tribunal observa:

Una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se constata que la última actuación procesal fue realizada en fecha 02 de noviembre de 2009 (admisión), asimismo se evidencia que la última actuación de la parte fue la consignación del escrito libelar en fecha 22 de octubre de 2009 y, hasta el día de hoy, ha transcurrido más de un año, sin que la parte interesada compareciera por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno a instar nuevamente la misma para que procediera la continuación del juicio, encuadrándose la situación descrita en el supuesto tipificado en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual dispone que toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, por lo que en tal caso debe declararse la perención.

DECISIÓN

En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la querella funcionarial interpuesta por el abogado JOSÉ FRANCISCO PLANAS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.808, actuando en su propio nombre y representación, contra el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas.

Publíquese, regístrese y notifíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas primero 1º del mes de marzo de dos mil once (2011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ,

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY LA SECRETARIA

GISELLE BOHÓRQUEZ

En el mismo día, siendo las once y treinta ante meridiem (11:30 a.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA

GISELLE BOHÓRQUEZ
EXP. 09-2616