REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 1 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AH14-V-2000-000016
PARTE ACTORA: Sociedad Mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Juzgado de Primera Instancia en la Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15 de Enero de 1938, bajo el Nº 30, cuya ultima modificación estatutaria quedo inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 07 de Febrero de 2002, bajo el Nº 74, Tomo 08-A-Cto.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: DORLYNG CAMEJO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 71.947.-
PARTE DEMANDADA: el ciudadano GERONIMO ANTONIO BARRIOS GARCIA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° 10.634.977.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO COSTA EN AUTOS.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.-
EXP. AH14-V-2000-000016
Efectuada la transacción entre las partes, presentada ante la Secretaria del Tribunal en fecha 09 de Julio de 2010, en la presente solicitud es aplicable para este caso lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, que expresa:
ARTICULO 256: Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante transacción, celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil, celebrada la transacción entre las partes el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a la ejecución.-
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION cursante en el presente expediente, en los términos en ella expuestos y ACUERDA PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, el Primer (1er) día del mes de Marzo de 2011. Años 200º y 152º.
El Juez,
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha, siendo las 10:37 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Asunto: AH14-V-2000-000016
CARR/MVA/mv
|