REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 3 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AP11-V-2010-001188
Vista la anterior demanda y los recaudos que la acompañan presentada por los ciudadanos CESAR AUGUSTO CONTRERAS SEQUERA y JOHANNA DEL VALLE COURSEY ESAA Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 37.233 y 124.551, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 20 de Agosto de 1981, bajo el Nº 17, folios 73 al 149, Tomo A, Nº 17, y modificada en varias oportunidades, siendo una de ellas para su cambio a Banca Universal, por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 15 de Agosto de 1997, bajo Nº 22, Tomo A, 35, folio 143 al 161, y las modificaciones de los últimos aumentos de capital, inscritas ante el mismo Registro, siendo la ultima en fecha 29 de Marzo de 2005, bajo el Nº 55, Tomo 14-A-Pro., el Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley, y por cuanto considera llenos los extremos del artículo 661 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la intimación de la Sociedad Mercantil GONZA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de Abril de 1993, bajo el Nº 08, Tomo 1-A; Reformado sus estatutos sociales en varias oportunidades, siendo la ultima ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 27 de Diciembre de 2007, bajo el Nº 68, Tomo 138-A., en la persona de su Presidente el ciudadano ERIC ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-7.607.269 para que comparezca ante este Tribunal dentro de los TRES (03) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su intimación, entre las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para que pague o acredite haber pagado a la parte actora las cantidades de dinero que a continuación de especifican: PRIMERO: La cantidad de DOS MILLONES CIENTO ONCE MIL CIENTO ONCE BOLIVARES CON TRECE CENTIMOS (Bs. 2.111.111,13) por concepto de saldo a capital adeudado; SEGUNDO: La cantidad de CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 424.269,32) por concepto de intereses sobre el saldo de capital; TERCERO: La cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 53.037,04) por concepto de intereses de mora; CUARTO: Las Costas Procesales calculadas por este Tribunal en un 25% lo cual arroja la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO ONCE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. 647.111,12) calculadas conforme a lo establecido en el artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, Igualmente se le conceden OCHO (8) días de despacho siguientes a su intimación, para que formule oposición a las cantidades de dinero antes especificadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 663 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese la correspondiente boleta de intimación con su orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal, quien es la persona encargada de practicar la intimación acordada. En cuanto a la Medida solicitada el Tribunal proveerá por auto separado en cuaderno de medidas que se ordena abrir a tal fin.-
El Juez
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha se insta a la parte interesada a que consigne los fotostatos a los fines de la certificación correspondiente.-
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Hora de Emisión: 9:49 AM
CARR/MVA/Mv
EXP. AP11-V-2010-001188