REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, dieciséis (16) de Marzo de Dos Mil Once (2011).
200° y 152°

Visto el escrito presentado en fecha veinticuatro (24) de noviembre del dos mil diez (2010), por el abogado Alex F. Muñoz G., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 13.385, actuando con el carácter de apoderado judicial de la firma mercantil “Badifa Constructora, C.A.”, parte recurrente en la presente causa, mediante la cual solicita se decrete Medida Cautelar de Suspensión de Efectos de la providencia administrativa Nº 00707/07/09, de fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil nueve (2009), dictada por la Sala de Fuero Sindical, de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. Este Juzgado ordena abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la Medida Cautelar solicitada.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNANDEZ.





Exp. Nº 1348/JVTR/EFT/FM.-