REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Dieciocho (18) de Marzo de Dos Mil Once (2011).
200° y 152°
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente e igualmente vista la Sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha 10 de Agosto de 2010, la cual declaró:
“…2. REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en fecha 3 de noviembre de 2008.
3. REPONE la causa al estado que el Juez A quo ordene mediante auto la suspensión por el lapso de noventa (90) días continuos, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Decreto Con Rango Valor y fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República…”

En consecuencia, de lo anteriormente trascrito y acatando lo ordenado por el Tribunal de alzada este Órgano Jurisdiccional ordena la suspensión de la presente causa por el lapso de noventa (90) días continuos, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se ordena la notificación de la presente decisión de suspensión de la causa a la Procuradora General de la República, Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Director de la Policía Metropolitana de Caracas y boleta de notificación a la parte querellante.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ






Exp. 0605/JVTR/EFT/fjvt