Maracay, 24 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: DP11-L-2009-001773
ACTA
PARTE ACTORA:, ELBA AGUSTINA VILLANUEVA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.233.256 y de este domicilio. (NO COMPARECIÓ))
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE GARRIDO y GRETZYS GARRIDO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 99.757 y 139.283 respectivamente.- (NO COMPARECIEO)
PARTE DEMANDADA: CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD), MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YULYMAR SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.411.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy, 24 de Marzo de 2011, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, se deja expresa constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadana ELBA AGUSTINA VILLANUEVA, supra identificados a la realización de la Audiencia Preliminar inicial, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte accionada en el presente asunto, que lo es CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD), MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, abogada en ejercicio YULYMAR SANCHEZ. En este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.


LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO

ABOG. LUIS SARMIENTO.-