REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITANTE: ALIDA TERESA GARCÍA DE AMADOR.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.
EXPEDIENTE N°: 62-11
SENTENCIA DEFINITIVA.

Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana ALIDA TERESA GARCÍA DE AMADOR, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.114.968, y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio REINA MERCEDES RIERA MÁRQUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 127.734, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Matrimonio, este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por la Prefectura del Municipio Joaquín Crespo del Distrito Girardot del Estado Aragua, según Acta N° 560, Tomo 3, de fecha 27 de Junio de 1.980.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Matrimonio de los Ciudadanos JESÚS ALEXIS AMADOR OROPEZA Y ALIDA TERESA GARCÍA BOLÍVAR, se incurrió en repetir el número de cédula del cónyuge de la solicitante en la identificación de la Ciudadana ALIDA TERESA GARCÍA DE AMADOR; pues siendo el número de su cédula de identidad correcto “…4.114.968; se asentó: “…2.507.464…”.
Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:
1. copia fotostática de las cédulas de identidad de la solicitante y de su cónyuge Ciudadano JESÚS ALEXIS AMADOR OROPEZA.
2. copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos JESÚS ALEXIS AMADOR OROPEZA Y ALIDA TERESA GARCÍA BOLÍVAR, expedida por el Registro Principal del Estado Aragua.
3. Copia fotostática de su pasaporte signado con el N° D0060899.
4. copia certificada del acta de nacimiento de su hijo ciudadano JESÚS ALEXIS, expedida por la Prefectura de la Parroquia José Antonio Páez, Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua.