REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo Negro, 09 de Marzo de 2011
Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva
SOLICITANTES:
KAREEN XIOMARA SOSA PÉREZ y FERNANDO JOSÉ SARABIA mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.097.759 y V- 17.197.247 respectivamente.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE ACTO CONCILIATORIO
Recibida como ha sido de la Defensoría Municipal del los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Libertador del Estado Aragua, el acta de conciliación que contiene la convención celebrada por las partes, ciudadanos KAREEN XIOMARA SOSA PÉREZ y FERNANDO JOSÉ SARABIA mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.097.759 y V- 17.197.247 respectivamente, por avenencia y a través de la conciliación han llegado satisfactoriamente y en interés de la niña XXX, a la materialización de una convención con relación a la obligación de Manutención, este Tribunal de la revisión constata que del contenido del acta que contiene la convención, la misma no es contraria a derecho, al orden público, al interés superior del niño amén de versar sobre derechos disponibles; por lo que este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte la Homologación en los términos establecidos por las partes, teniendo entre estos los mismos efectos que la sentencia definitivamente firme de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente. Remítase copia certificada del presente decisión a la Defensoría Municipal del los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Libertador del Estado Aragua. Previa certificación por secretaría, de conformidad a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ROSSANI AMELIA MANAMÁ INFANTE
LA SECRETARIA,
ABG. YZAIDA MARÍN
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
LA SECRETARIA,
Homologación
RAMI/Ym/stephany.-