REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, dieciocho de marzo de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: AP51-V-2010-000959

Parte actora: ELIZABETH TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.142.082.

Apoderado Judicial: YNGRID PALENCIA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.889.

Parte demandada: EDGAR RAMIRO OCHOA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.104.592.

Motivo: Obligación de Manutención (Medida)

Revisadas las actas que conforman el presente expediente y vista las diligencias que anteceden suscritas por la abogada YNGRID EVELYN PALENCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.889, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIZABETH TORRES, de parte actora del presente asunto, en la cual solicita se levante medida de embargo mensual de la Obligación de Manutención y las bonificaciones especiales que son retenidas al ciudadano EDGAR RAMIRO OCHOA, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.104.592; siendo que las partes han reanudado la vida en común, estableciendo nuevamente un hogar en compañía de sus hijos, según manifestación expresa de la ciudadana ELIZABETH TORRES. En consecuencia, esta Sala de Juicio acuerda SUSPENDER la medida que pesa sobre el sueldo mensual del ciudadano EDGAR RAMIRO OCHOA, así como las bonificaciones especiales decretadas. Líbrese oficio al Gerente de Recursos Humanos de la Comandancia General del Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano de Caracas. Líbrese oficio a la OAP, a los fines de hacer entrega del oficio ordenado a la abogada YNGRID PALENCIA, quien es nombrada como correo especial, a los fines de que haga entrega del oficio y consigne las resultas del mismo antes este Circuito Judicial.
La Jueza,

La Secretaria,
Abg. Greyma Ontiveros
Abg. Victoria Guedez
AP51-V-2010-000959
GO/VG/Riseida.*