REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo 10° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, veintidós (22) de marzo de dos mil once (2011)
200º y 152°
ASUNTO: AP51-J-2011-001160
Vista la solicitud de Autorización para Separarse del Hogar presentada por los Abogados JESUS RAFAEL GOMEZ SOLORZANO y JORGE RAFAEL GOMEZ SOLORZANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 77.000 y 140.586, respectivamente; actuando como apoderados Judiciales de la ciudadana LISETTE MARIA APONTE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.262.199, la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como participada la dirección a la que se trasladaría la solicitante y el lapso que permanecerá en ella, esta Jueza del Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, sin perjuicios de terceros, concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana LISETTE MARIA APONTE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.262.199, acompañada de sus hijos (se omite de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes)de doce (12) y siete (07) años de edad, respectivamente; a la siguiente dirección: calle El Morro, Quinta Tu Pasión, Prados del Este, Municipio Baruta, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “m” parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda librar boleta de notificación al ciudadano JESUS ANGEL LEAL BENITEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.275.696, conforme la sentencia VINCULANTE No. 1039 del expediente 09-0124 de fecha 23 de julio de 2009 proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchán. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copia debidamente certificada de la presente resolución y remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA
LA SECRETARIA
ABG. GREYMA ONTIVEROS MONTILLA
ABG. VICTORIA GUEDEZ
AP51-J-2011-001160
GOM/VG/SIERRA LARRY
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