REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL SEGUNDO DE INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL
Barquisimeto, 10 de Marzo del 2011 Años: 200° y 151°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-011761

Visto el escrito presentado por las Ciudadanas Fiscal Cuarta del Ministerio Público, abogada Yaritza Marina Berrios, en la cual solicitan a este Tribunal de Control, la Desestimación de Denuncia que dio origen a la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a la denuncia formulada por la ciudadana Milagro Coromoto González titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.956.849, en contra del ciudadano Yovany Baldayo en la cual expone: “denuncia al ciudadano Yovany Baldayo, desconoce donde vive, porque grabo un CD y en una de las canciones la nombra a ella con grosería e insulta porque esta soltera y tiene demasiados nombres de personas solteras que residen en el cerrito de San Jose y el que le dijo su nombre fue Enrique Torrealba y ya ha vendido 25 CD y que tiene mas para vender”.
Que la conducta desplegada por el ciudadano antes mencionado no revisten carácter penal.
Que existe un obstáculo legal para el desarrollo del proceso por cuanto luego de analizadas las actas que conforman la presente causa y la solicitud de la representación fiscal, se observa que estamos ante una solicitud ajustada y fundamentada a derecho, por cuanto los hechos planteados no revisten carácter penal.
En razón de los fundamentos anteriormente expuestos, Este Juzgado: ACEPTA LA DESESTIMACIÓN solicitada por la Representante del Ministerio Público y ordena devolver las actuaciones a la mencionado Fiscalía, todo de conformidad con lo establecido en los Artículo 301 y 302 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-Y así se declara.
Regístrese, notifíquese a la victima y después del lapso legal remítase al Fiscal.


JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL

ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA
EL SECRETARIO