REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, diecisiete de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO : DP11-R-2011-000053

PARTE ACTORA: Los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES, y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-13.614.495, y V-16.206.570, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No consta en autos.
PARTE DEMANDADA: Las sociedades mercantiles SERVICIOS MEDICOS FEGAL, C.A., y KIMBERLY-CLARK, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 11 de agosto deL 2006, bajo el Nro.36, Tomo 1388 A, con RIF Nro.J-30026136-0.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: De la empresa KIMBERLY-CLARK, C.A., los abogados FRANCISCO J.VELASQUEZ ARCAY. MONICA GUERRERO ROCCA, HECTOR J.PANTOJA PEREZ-LIMARDO, JORGE J.ARTEAGA GONZALEZ, MARIA V.CORRALES GUEVARA, SEBASTIAN D. HERGUETA y NELSON J. LIRA ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.892, 55.779, 80.222, 128.202, 133.804, 135.553 y 79.432, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION.


En el procedimiento por cobro de Prestaciones Sociales que siguen los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES, y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MEDICOS FEGAL, C.A., y KIMBERLY-CLARK, C.A., el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, dictó sentencia mediante el cual declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
En fecha 01 de marzo de 2011, se recibió el expediente, procedente del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del Recurso de Apelación ejercido por la parte actora en contra de la sentencia dictada por el referido Tribunal en fecha 17 de febrero de 2011 que declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
El 11 de marzo de 2011, a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), oportunidad fijada para que tuviera lugar la celebración de la Audiencia Oral, constituido el Tribunal, se dejó constancia de la comparecencia de la parte actora, los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE, ya identificados, asistidos por el abogado LUIS HUMBERTO SANCHEZ, Inpreabogado Nro. 57.938, declarándose SIN LUGAR, el recurso de apelación.
Este Tribunal, vista la exposición oral realizada por la parte actora apelante, y hecha la revisión respectiva del expediente, observa, que se trata de un recurso de apelación que intentara la parte demandante, el cual fue declarado Sin Lugar, en fecha 11 de marzo del 2011, razón por la cual, atendiendo al mandato contemplado en el primer aparte del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a reproducir, y a publicar la sentencia en comento.

DEL RECURSO DE APELACION:

Los accionantes apelan de la sentencia proferida por la Jueza del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Aragua, de fecha 17 de febrero de 2011, alegando que no acudieron a la audiencia preliminar por razones de enfermedad y personales.

MOTIVACIONES PARA DECIDIR:

Visto los alegatos hechos por la parte apelante pasa este Tribunal a hacer las siguientes consideraciones: Se trata de una demanda por prestaciones sociales incoada por los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES, y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS MEDICOS FEGAL, C.A., y KIMBERLY-CLARK, C.A., observándose que el día 17 de febrero de 2011, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar, la parte accionante no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual el Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Laboral declaro DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, sobre la cual los accionantes interponen, oportunamente, recurso de apelación.
Recibida la apelación, se le concede a los recurrentes un lapso de dos (02) días hábiles, a objeto de que promovieran las pruebas que consideraran pertinentes, constatándose que los apelantes no consignaron documentación alguna para justificar su incomparecencia.
Visto que los recurrentes no comparecieron a la audiencia preliminar, que se limitaron a expresar, en la audiencia oral de apelación, que no habían podido asistir a la audiencia preliminar por razones de enfermedad y personales, sin aportar prueba alguna que soportara sus dichos que justificase su inasistencia a la audiencia preliminar, esta Alzada considera no procedente la defensa opuesta por los accionantes y recurrentes, razón por la cual declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto. Así se decide.

.DECISIÓN

Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES, y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE, ya identificados, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaron en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MEDICOS FEGAL, C.A., y KIMBERLY-CLARK, C.A., ya identificadas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 17 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, TERCERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaron los ciudadanos JAFFAR EDUARDO LIENDO TORRES, y NAIRET ALEXANDRA DULCE MARIA DIAZ ARAQUE, ya identificados, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MEDICOS FEGAL, C.A., y KIMBERLY-CLARK, C.A., ya identificadas.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Remítase el expediente, y copia certificada de la presente decisión al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a los fines de su cierre y archivo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil once (2011).

EL JUEZ SUPERIOR,


DR. JOSE FELIPE MONTES NAVAS
LA SECRETARIA,


ABOG. E. MILENE BRICEÑO


En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:05 a.m.


LA SECRETARIA,


ABOG. E. MILENE BRICEÑO

JFMN/EMB/meh