REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, cuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: DP11-L-2010-001740
ACTA

PARTE ACTORA: EDWIN PEÑUELA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.892.397 (NO COMPARECIÓ)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: (NO CONSTITUYÓ)
PARTE DEMANDADA: MULTISERVICIO L.J C.A (NO COMPARECIÓ)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: (NO COMPARECIÓ).
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día de hoy, siendo las 10:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora EDWIN PEÑUELA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.892.397, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 10:20 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y conformes las partes presentes firman el Acta.
LA JUEZA,

ABG. SORY DEL VALLE MAITA GONZÁLEZ

REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE ACCIONADA

LA SECRETARIA,
ABG. LORENA MORA