REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 12 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-001762
ASUNTO : NP01-P-2011-001762



ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-004972
ASUNTO : NP01-P-2010-004972


Por cuanto en la presente causa en fecha 10-05-2011, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado YIMMI RAFAEL GONZALEZ es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:


Identificación del Acusado

1.- YIMMI RAFAEL GONZALEZ, Venezolano, de 24 años de edad, estado civil soltero, nacido en fecha 14-07-1986, Natural Maturín Estado Monagas, Profesión u oficio OBRERO, titular de la cedula de identidad 18.653.855,

De los Hechos y Motivos en Relación del acusado

“En fecha 02-03-2011, aproximadamente a las 03:30 horas de la tarde los funcionarios agente, Wilmer Desiderio, Detective Elvis Guerra, Agente Yolimar Itanare, Omar Peña cabo primero pedro Cabello, Distinguido Javier Urdaneta; adscritos a la brigada contra las drogas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub. Delegación Maturín; Se encontraba realizando labores de investigación por la calle 01, vía publica, sector la democracia, de esta ciudad, avistaron al ciudadano YIMMI RAFAEL GONZALEZ, quien al percatarse de la presencia de la comisión policial tomo una actitud de nerviosismo, acelerando el paso para poder evadir la comisión, procediendo los funcionarios a darle la voz de alto logrando la retención, solicitando la colaboración del ciudadano MIGUEL AGEL ACOSTA VASQUEZ, para que sirviera de testigo, y en presencia del prenombrado testigo, procedimos a manifestarle al ciudadano en cuestión que seria objeto de una revisión corporal, de conformidad con lo estableado en el articulo 205, del Código Orgánico Procesal Penal, logrando incautarle adherido a sus genitales, cuatro envoltorios, elaborados en material sintético e color amarillo contentivo de una sustancia polvorienta de color blanco brillante, de presunta droga denominada cocaína, procediendo su aprehensión, cabe destacar que una vez practicada la experticia química botánica correspondiente, la sustancia incautada resulto ser Cuatro Gramos de Cocaína.”
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admite la acusación presentada por parte del Fiscal Sexta del Ministerio Público, ABG. JOSÉ LUIS VERLES (comisionado), en contra del ciudadano YIMMI RAFAEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de l a Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por considerar la misma ajustada a derecho y a los hechos expuestos y por estar llenos los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.


Pruebas Admitidas

Se admitieron las pruebas presentadas por parte de la Vindicta Pública, en el escrito acusatorio, por considerar que fueron obtenidas de manera legal, lícita y son útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad en el presente caso y la adhesión que hace la defensa en este mismo acto, en virtud del principio de la comunidad de las pruebas. Y se admitió la calificación dada por la representación Fiscal.

De igual forma se MANTIENE la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que pesa sobre el acusado YIMMI RAFAEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de l a Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud que no han variado las circunstancias que motivaron la decisión dictada por la corte de apelaciones de fecha 05 de marzo del 2011.

Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° Y 9, 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal Cuarta del Ministerio Público para la ciudadana YIMMI RAFAEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de l a Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el Tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.


Instrucción al Secretario

Se instruyo al Secretario de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal. Asimismo se acuerdan las copias solicitadas por la defensa. CUMPLASE.-
La Jueza,


ABG. SULAY MARCANO
La Secretaria,



ABG. DAUNYS MILLAN